Jurisprudencia de Derecho Mercantil

Jurisprudencia más novedosa de Derecho Mercantil

El seguro de responsabilidad civil derivado de la circulación de vehículos de motor no cubre al conductor asegurado por la muerte de sus familiares causada por su propia conducta

Seguro de responsabilidad civil. Ámbito de cobertura. Accidente de circulación. Conductor asegurado responsable del siniestro. Fallecimiento de familiares.

La cuestión debatida radica en determinar si cabe considerar al actor, en su condición de causante del siniestro en que fallecieron su mujer e hijos, como acreedor de la indemnización correspondiente por los perjuicios morales sufridos por el hecho de la circulación, y dentro el ámbito del seguro obligatorio, que la causa del siniestro fue la salida de la calzada del vehículo asegurado por la somnolencia del demandante, sin que se trate tampoco de una reclamación postulada por los familiares ocupantes del vehículo, al haber fallecido éstos.

Condiciones generales de la contratación. Control de incorporación. oportunidad de los prestatarios de conocer su inclusión en el contrato

Condiciones generales de la contratación. Contratos celebrados con consumidores. Control de incorporación. Transparencia documental o gramatical. Buena fe contractual.

Aunque es cierto que, conforme a la jurisprudencia, en los contratos celebrados bajo condiciones generales de la contratación en los que los adherentes no son consumidores no resultan procedentes los controles de transparencia y abusividad, sino únicamente el control de incorporación, la Audiencia no ha realizado un control de transparencia, puesto que es consciente de que los demandantes no son consumidores. La Audiencia considera que la cláusula no supera el control de incorporación porque los prestatarios no tuvieron oportunidad real de conocer su inclusión en el contrato y, por tanto, su mera existencia, lo que no supone hacer un control de transparencia, sino un control de incorporación, que es pertinente respecto de cualquier adherente, sea consumidor o profesional.

La denuncia de la prórroga del contrato de seguro de vehículos por la compañía no implica la cobertura adicional de un mes

Acción de repetición del Consorcio de Compensación de Seguros. Denuncia de la prórroga del contrato por la aseguradora. Inaplicación del periodo de gracia tras el impago de la prima en caso de oposición de la aseguradora a la prórroga del contrato.

El caso que se somete a la consideración del Tribunal consiste en determinar si la denuncia a la prórroga del contrato, debidamente notificada al asegurado por la compañía de seguros, con dos meses de antelación a la prórroga del contrato, implica una cobertura adicional de un mes posterior a la vigencia temporal pactada, por aplicación de lo normado en el art. 15.2 de la LCS, cuestión que hemos de responder negativamente.

Compensación a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque

Transportes aéreos. Denegación de embarque. Cancelación de vuelo. Defensa de consumidores y usuarios.

Compensación a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque por cancelación de vuelo con conexión directa. Modificación de la reserva de uno de los vuelos que componen el transporte aéreo en contra de la voluntad del pasajero, pero llegada del pasajero a su destino final sin retraso.

Requisitos técnicos y empresariales para las transferencias y los adeudos domiciliados en euros

Procedimiento prejudicial. Transferencias y pagos electrónicos en euros. Pago mediante adeudo domiciliado Zona única de pagos en euros (SEPA). Accesibilidad en los pagos. Requisito de domicilio.

Requisitos técnicos y empresariales para las transferencias y los adeudos domiciliados en euros. La creación de un mercado integrado de pagos electrónicos en euros, sin distinción entre pagos nacionales y transfronterizos, es necesaria para un adecuado funcionamiento del mercado interior.

Existe mala fe en el uso de la marca para productos y servicios distintos de los expuestos en el registro

Marca comunitaria. Claridad y precisión. Mala fe. Falta de intención de utilizar la marca para los productos o servicios a los que se refiere el registro. Nulidad.

El concepto de «orden público», en el sentido del artículo 7, apartado 1, letra f), del Reglamento n.º 40/94 y del artículo 3, apartado 1, letra f), de la Directiva 89/104, no puede entenderse en relación con características relativas a la propia solicitud de registro, como la claridad y la precisión de los términos utilizados para designar los productos o servicios a que se refiere dicho registro, independientemente de las características del signo cuyo registro como marca se solicita. De ello se desprende que tal falta de claridad y precisión de los términos que designan los productos o servicios a los que se refiere el registro de una marca no puede considerarse contraria al orden público en el sentido de dichas disposiciones.

Contrato de viaje combinado. Indemnización por el retraso sufrido en el vuelo

Contrato de viaje combinado que incluye por transporte aéreo y alojamiento. Gran retraso en el vuelo. Demanda contra la compañía de transporte, con la que la demandante no había contratado directamente. Legitimación pasiva. Competencia judicial. Materia contractual. Contratos celebrados por los consumidores.

Del Reglamento 261/2004 se desprende que, en caso de retraso del vuelo, el pasajero puede invocarlo contra el transportista aéreo, aun cuando no hayan celebrado un contrato entre ellos, además de que no afecta a los derechos de los pasajeros que hayan adquirido un viaje combinado.

Gastos en un concurso de acreedores para ser considerados imprescindibles y prededucibles

Concurso de acreedores e insuficiencia de masa activa. Gasto imprescindibles

Salarios correspondientes a servicios imprescindibles para concluir la liquidación y cuotas de la SS devengados por los mismos.

Para que unos determinados gastos en un concurso de acreedores puedan ser considerados imprescindibles y por ello prededucibles, es necesario que lo solicite expresamente la administración concursal y que lo autorice el tribunal.

Retracto de créditos (hipotecarios) litigiosos o "retracto anastasiano"

Préstamos hipotecarios. Venta de créditos. Retracto de créditos (hipotecarios) litigiosos o "retracto anastasiano".

Interpretación del art. 1535 CC sobre la necesidad de que el crédito litigioso cedido objeto del retracto penda de un proceso declarativo de su existencia.

El denominado retracto de crédito litigioso constituye una excepción al régimen general de la cesión de créditos, y como tal requiere una interpretación estricta. Conforme al art. 1535, el deudor tendrá derecho a extinguirlo dentro de nueve días desde que se le reclame el pago, reembolsando al cesionario el precio que pagó, las costas que se le hubiesen ocasionado y los intereses del precio desde el día en que éste fue satisfecho en prevención y evitación de abusos de los especuladores de pleitos.

Responsabilidad del distribuidor por los daños causados por productos defectuosos cuando el fabricante no puede ser identificado

Responsabilidad por productos defectuosos. Prótesis de cadera. Interpretación del art. 138.2 TRLGDCU. Responsabilidad del suministrador.

Como excepción a la regla general de la responsabilidad del productor por los daños causados por productos defectuosos, el art. 3.3 de la Directiva 85/374, y en Derecho interno, el art. 138.2 TRLGDCU, introducen una regla especial de forma que se puede imputar la responsabilidad al proveedor (suministrador o distribuidor) cuando el fabricante no puede ser identificado y el proveedor, dentro del plazo de tres meses, no indique al dañado la identidad del fabricante o de quien le hubiera suministrado o facilitado a él el producto. Estas normas presuponen que el suministrador puede fácilmente identificar al productor y, de esta forma, imponen al suministrador la carga de proporcionar tal información a la víctima con el fin de que pueda dirigir su reclamación contra el productor.

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