La solicitud de una copia de la grabación de la vista no puede permitir la prórroga del plazo de interposición del recurso de apelación
Enviado por Editorial el Lun, 16/07/2018 - 14:56Recurso de apelación. Extemporaneidad. Solicitud de copia de la grabación de la vista. Suspensión del plazo del recurso cuando estaba a punto de expirar. La solicitud de una copia de la grabación de la vista formulada por el demandando con una antelación inferior a cuarenta y ocho horas respecto del último momento en que era posible presentar el recurso de apelación, no puede ser considerada en ningún caso como una causa de fuerza mayor que justifique la suspensión del plazo para apelar. El demandado pudo haber obtenido la copia de la grabación semanas atrás, desde el mismo momento en que se celebró la vista o, en todo caso, desde que se le notificó la sentencia perjudicial para sus intereses que determinó su decisión de recurrir, y no lo hizo hasta que estaba prácticamente agotado el plazo para recurrir, por razones que solo a él son imputables. En tales circunstancias, la solicitud de una copia de la grabación no puede permitir la prórroga del plazo de interposición del recurso. En este caso, el plazo de veinte días hábiles previsto en la ley se vio ampliado en la práctica por otro periodo similar. La imposibilidad de recibir la copia de la grabación dentro del plazo de recurso fue debida a la falta de diligencia de la parte, que la solicitó cuando el plazo para recurrir estaba a punto de expirar. La solicitud infundada de suspensión del plazo de recurso, por su falta de fundamento y el momento en que se produjo, es abusiva.