Efectos de la adhesión por parte de los compradores al convenio alcanzado en el concurso de la promotora de viviendas
Enviado por Editorial el Mié, 31/10/2018 - 08:53Compraventa de viviendas sobre plano. Reclamación de cantidades entregadas a cuenta. Responsables solidarios y fiadores. Efectos novatorios del convenio alcanzado en el concurso de la promotora. La cuestión controvertida radica en si estos efectos novatorios se extienden a la responsabilidad solidaria que respecto de la restitución de esas cantidades entregadas a cuenta corresponde a quienes garantizaron esta obligación en cumplimiento de lo prescrito en la Ley 57/1968. En cualquier caso, a los acreedores que no hubieran votado a favor del convenio, que incluía una quita del 35% y una espera de 5 años, no les será oponible la novación de sus créditos por los terceros responsables solidarios y los fiadores. Por esta razón, tanto el juzgado de primera instancia como la Audiencia estimaron la reclamación íntegra de algunos compradores que no habían votado a favor del convenio.