Inaplicación de la rebus sic stantibus respecto de las obligaciones de garantía de unos préstamos hipotecarios para financiar un proyecto fotovoltaico
Enviado por Editorial el Mié, 16/10/2019 - 13:59Préstamos hipotecarios. Proyecto fotovoltaico. Fianza y contragarantía de aval para garantizar un anticipo de subvención. Incidencia de las modificaciones legislativas en materia de energía solar. Cláusula «rebus sic stantibus». Inaplicación.
En el presente litigio se plantea si las modificaciones legislativas operadas en el marco regulatorio de la energía solar permiten dejar sin efecto o modificar las garantías de los préstamos hipotecarios suscritos para financiar un proyecto fotovoltaico. Los demandantes, fiadores del préstamo hipotecario y contragarantes del aval que garantizaba el anticipo de una subvención, invocan la aplicación de la cláusula rebus sic stantibus, que ha sido rechazada en las dos instancias.