Jurisprudencia de Derecho Civil

Jurisprudencia más novedosa de Derecho Civil

Extinción del derecho de uso de la vivienda familiar por convivencia con nueva pareja sentimental y modificación de la pensión de alimentos de hijo menor

Modificación de medidas. Vivienda familiar. Convivencia con nueva pareja sentimental.  Modificación de la pensión de alimentos.

El derecho de uso de la vivienda familiar existe y deja de existir en función de las circunstancias que concurren en el caso. Se confiere y se mantiene en tanto que conserve este carácter familiar. La vivienda sobre la que se establece el uso no es otra que aquella en que la familia haya convivido como tal, con una voluntad de permanencia.

La atribución del uso a los hijos menores y al progenitor custodio se produce para salvaguardar los derechos de aquellos. Pero más allá de que se les proporcione una vivienda que cubra las necesidades de alojamiento en condiciones de dignidad y decoro, no es posible mantenerlos en el uso de un inmueble que no tiene el carácter de domicilio familiar, puesto que dejó de servir a los fines que determinaron la atribución del uso en el momento de la ruptura matrimonial, más allá del tiempo necesario para liquidar la sociedad legal de gananciales existente entre ambos progenitores.

Cambio de la mención registral del sexo y del nombre en la persona transexual menor de edad

Registro civil. Cambio registral del sexo y de nombre. Menores. Requisitos.

El menor, representado por sus padres, inició un expediente gubernativo para el cambio de la mención del sexo y del nombre en el Registro Civil. La Jueza encargada del Registro Civil rechazó la solicitud así como el Juzgado de primera instancia y también la Audiencia Provincial por ser menor y por no llevar tratamiento médico durante al menos dos años para acomodar sus características físicas a las correspondientes al sexo reclamado tal y como exige el artículo 1 y 4 de la Ley 3/2007, de 15 de marzo.

Extinción de la pensión compensatoria por convivencia análoga a la marital con otra persona

Pensión compensatoria. Extinción por convivencia análoga a la marital con otra persona. Efectos desde la sentencia que declara su extinción. Cobro de lo indebido.

Se ejercita por el demandante acción reclamando las cantidades abonadas a la demandada en concepto de pensión compensatoria desde la fecha de la sentencia de primera instancia hasta la fecha de la sentencia que resuelve el recurso de casación que casa la sentencia de la Audiencia Provincial y repone la sentencia de primera instancia.

Sobre esta cuestión la sala ya se ha pronunciado y ha declarado que se ha de distinguir entre la simple modificación y la extinción de la medida por haber perdido su razón de ser, como ocurre en el caso de la extinción de la pensión compensatoria. Tal extinción se produce por el cese de la causa que determinó su establecimiento, el hecho de contraer el acreedor nuevo matrimonio o el de vivir maritalmente con otra persona, lo que se equipara a la situación anterior. La causa de extinción consistente en contraer nuevo matrimonio habrá de producir su efecto desde que este hecho se produce, con independencia de la fecha en que -conocida dicha situación- se interpone la demanda y se dicta sentencia decidiendo sobre la extinción.

No procede la atribución de la vivienda no familiar a uno de los progenitores con carácter indefinido aunque se haya convenido el sistema de custodia compartida

Divorcio. Custodia compartida. Atribución al progenitor de vivienda no familiar. Improcedencia.

En el caso, la sentencia recurrida asigna al progenitor el uso indefinido de una vivienda común que no es vivienda familiar, en interés de las hijas menores, dado que la familiar ha sido una vivienda propiedad de los padres de la progenitora y recurrente. Ambos cónyuges convienen que el sistema de custodia es el compartido, sobre lo que no recurren, constando que se convino el régimen de separación de bienes al inicio del matrimonio.

En comunidades de vecinos, solo si la exención de gastos estatutaria es genérica, se incluyen los gastos extraordinarios

Propiedad horizontal. Impugnación de acuerdos de la comunidad de propietarios. Sustitución de ascensores. Exención de gastos ordinarios.

Comunidad de propietarios que ante la necesidad probada de cambiar los ascensores por su agotamiento, antigüedad y ausencia de garantías sobre su seguridad, decide cambiarlos. Se parte de la exoneración para los dueños de los locales, en los estatutos, de los gastos ordinarios, pero sin mención de los extraordinarios, en particular se señala que las plantas  2 y 3 mientras no hagan uso del portal o escaleras y ascensores no participarán en los gastos de limpieza, ordinarios de conservación y consumo de energía eléctrica de los mismos.

Recurso de casación y extraordinario por infracción procesal del Ministerio Fiscal en el orden jurisdiccional civil

Ministerio Fiscal. Recurso de casación. Recurso extraordinario por infracción procesal. Resoluciones recurribles y fundamentos.

Sobre el recurso de casación, el Fiscal recurrirá contra las sentencias dictadas en segunda instancia en los procedimientos en los que intervengan como parte cuando la resolución recaída contraríe los intereses públicos y sociales encomendados, así como contra la pieza de calificación del concurso, cuando se acredite interés casacional, y las sentencias dictadas en procesos civiles de protección de derechos fundamentales. No son recurribles ni en casación ni por infracción procesal los autos, salvo los que lo sean conforme a reglamentos, tratados o convenios internacionales o de la Unión Europea, ni tampoco las resoluciones sobre restitución internacional de menores, las de jurisdicción voluntaria, juicios verbales de asentimiento de la adopción o el auto sobre la constitución de una adopción. El recurso de casación ha de fundarse en la infracción de normas sustantivas, de Derecho privado, infracción de un principio general del derecho o de una costumbre, pero no puede no puede ampararse en la infracción de la doctrina del TC, de los TSJ o de la DGRN. Es suficiente la cita como infringida de una sola sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, pero del TS se necesitan dos, salvo que se trate de sentencias del Pleno o fijando doctrina por razón de interés casacional bastando una. El interés casacional basado en la novedad de la norma exige que no exista jurisprudencia. Será posible por interés casacional interponer recurso por la necesidad de establecer jurisprudencia o modificar la ya establecida.

Carga de la prueba de la inexistencia o ilicitud de la causa en los negocios

Obligaciones. Reconocimiento de deuda. Causalidad del negocio. Carga de la prueba de la inexistencia o ilicitud de la causa. Intereses moratorios. Ley de Usura.

El reconocimiento de deuda como declaración en la que un sujeto de Derecho admite adeudar a otro una prestación, sea o no dineraria, no está sujeto a la observancia de una concreta forma condicionante de su eficacia jurídica, si bien es lo normal que se refleje por escrito a efectos probatorios. Tampoco se encuentra expresamente regulado en el Código Civil, a diferencia de lo que sucede en otros ordenamientos jurídicos foráneos. Se hace referencia al reconocimiento en el art. 1973 CC, como causa de interrupción de la prescripción; sin embargo, carecemos de una regulación sistemática del instituto. A pesar de ello ha sido admitido, sin discusión, por doctrina y jurisprudencia, como manifestación de la libre autonomía de la voluntad consagrada en el art. 1255 CC.

En una relación continuada, la falta de contestación equivale, en aras de la buena fe, a consentimiento

Contrato de prestación de servicios profesionales. Modificación de honorarios. Consentimiento tácito. Valor del silencio.

Con carácter general, cuando en el marco de una relación jurídica preexistente una de las partes lleva a cabo un acto concreto que debería obtener una respuesta de la otra, bien aceptándolo bien rechazándolo, si esta última, pudiendo y debiendo manifestarse, guarda silencio, debe considerarse, en aras de la buena fe, que ha consentido.

El plazo para el ejercicio de una acción de nulidad por la compra de un cuadro falso comienza en el momento de la entrega de la obra de arte

Compraventa de obra de arte. Falta de autenticidad. Acción de nulidad por error vicio en el consentimiento. Plazo de caducidad. Dies a quo.

El presente litigio versa sobre el ejercicio de una acción de nulidad por error vicio del consentimiento en la celebración de un contrato de compra de un cuadro adquirido en una subasta por un coleccionista de arte. Partiendo de que el comprador no se dedicaba al tráfico del arte, que adquirió el cuadro confiando en que era auténtico, ya que contaba con un certificado de autenticidad, la Audiencia estima la demanda de error vicio del consentimiento ejercitada por el comprador porque considera que el plazo de cuatro años para el ejercicio de la acción se inicia cuando el demandante tuvo conocimiento de la falsedad de la obra adquirida.

El TS estima el recurso de una menor transexual que solicitó la rectificación de la mención al sexo y el cambio de nombre en el Registro Civil

Persona y personalidad. Registro civil. Solicitud de rectificación de la mención del sexo y el cambio de nombre en la inscripción de nacimiento de personas transexuales. Menores de edad.

La identidad sexual de la persona es uno de los factores más vitales y decisivos de la personalidad. En el caso, se inició por un menor representado por sus padres, un expediente gubernativo para el cambio de la mención del sexo y del nombre en el Registro Civil. Esta solicitud fue rechazada por no ser mayor de edad, lo que ha dado origen al presente proceso en el que se ha instado la rectificación de la inscripción de nacimiento, en el sentido de que apareciera la mención de sexo como de hombre, no como mujer, y un nombre masculino.

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