Casos Prácticos

Casos prácticos de actualidad en el área civil, mercantil, administrativa y penal.

Nulidad de la compra de acciones de entidad bancaria: vicios del consentimiento por defecto de información

Nulidad de la compra de acciones de una entidad bancaria, realizada por persona sin conocimientos financieros, tras recibir información falsa acerca de la solvencia aparente de la entidad. Concurrencia de error esencial, en tanto en cuanto tal falso conocimiento de la realidad en que consistió dicho error recayó sobre un elemento esencial de la propia inversión cual es la situación financiera y solvencia del emisor, e igualmente inexcusable, toda vez que difícilmente puede exigirse a la demandante conducta alguna de verificación de la solvencia del emisor, siendo incluso de destacar que tal situación ni siquiera fue detectada por los organismos de control y reguladores especialmente dedicados a dichas funciones. El error no puede ser imputable a quien lo padece, no pudiendo imputarse a la compradora de las acciones la imagen de solvencia que proyectó la demandada.

Palabras claves: nulidad, venta de acciones, error inexcusable y vicio del consentimiento.

Adelaida Medrano Aranguren
Magistrada del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚMS. 175-176 (agosto-septiembre 2015)

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Acciones judiciales de las juntas de compensación de urbanismo: orden jurisdiccional competente

La ejecución de los planes urbanísticos es competencia del Estado, de las comunidades autónomas y de las entidades locales; uno de los métodos que puede elegir la Administración actuante es el de la compensación que se lleva a cabo directamente por los propietarios de los terrenos integrantes de la unidad de actuación, constituidos en Junta de Compensación, que se erige como figura clave, órgano de naturaleza administrativa con personalidad plena y capacidad jurídica siendo sus actos recurribles en vía administrativa, y habilitándola para actuar como fiduciaria con pleno poder dispositivo sobre las fincas pertenecientes a los propietarios miembros de aquella y considerándola directamente responsable frente a la Administración competente de la urbanización completa de la unidad de actuación. Tales organismos cumplen primordialmente funciones administrativas de orden urbanístico, actuando en lugar de la propia Administración pública cuando realizan encargos de esta. Sus actos y la ejecución de sus acuerdos ante la jurisdicción se sustanciarán ante el orden contencioso-administrativo.

Palabras claves: juntas de compensación, naturaleza jurídica, pago de cuotas y jurisdicción competente.

José Ignacio Atienza López
Secretario del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚMS. 175-176 (agosto-septiembre 2015)

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Las grabaciones de sonido privadas como prueba en el proceso penal

Las grabaciones de sonido privadas no conculcan el derecho fundamental al secreto. En todo caso, es un acto preparatorio para su «posterior difusión» en la vista, y no toda difusión vulnera la intimidad sino cuando se ve afectada en su dimensión personal o familiar. La vulneración de la grabación del derecho a no confesarse culpable y la posible condena utilizando prueba concomitante y documental para probar el cohecho.

Palabras claves: grabación conversación, secreto, intimidad y prueba.

José Ignacio Esquivias Jaramillo
Fiscal de Consumidores y Usuarios. Fiscalía Provincial de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 174 (julio 2015)

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Impugnación de ordenanzas municipales. Proceso contencioso-administrativo. Legitimación y recursos

El supuesto se enfrenta a diversas cuestiones jurídicas dimanantes de un proceso contencioso-administrativo interpuesto por una persona a la que se denegó una autorización para la venta ambulante de comida en la vía pública, con base en la ordenanza municipal reguladora de aquella actividad. Se plantean los principales problemas en torno a la posible legitimación de una asociación de comerciantes de la localidad para personarse y oponerse a la pretensión de la recurrente; la necesidad o no de la publicación del recurso; la posibilidad de impugnar indirectamente la ordenanza municipal; la presunta responsabilidad penal del encargado de la remisión del expediente administrativo al órgano jurisdiccional que no lo remite; los efectos de la sentencia dictada en el procedimiento; el ajuste a derecho de una terminación anormal del mismo y, finalmente, la legitimación de un grupo político para recurrir acuerdos municipales.

Palabras claves: legitimación, presentación del recurso, publicación, emplazamiento, recurso indirecto y efectos de la sentencia.

Javier Fernández-Corredor Sánchez-Diezma
Magistrado

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 174 (julio 2015)

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Daños al asegurado por cortes en el suministro eléctrico: responsabilidad de comercializadora y distribuidora

En las reclamaciones de responsabilidad planteadas por los usuarios de energía eléctrica, frente a las comercializadoras por daños derivados de irregularidades en el suministro de energía, no ha de discernirse en atención a la distribución de funciones que la normativa vigente establece para las empresas suministradoras y comercializadoras; prescindiendo de la legislación protectora de los consumidores, la responsabilidad imputada a la empresa comercializadora deriva del contrato por ella celebrado con el usuario de la energía eléctrica, planteamiento que no puede confundirse con la identificación de la empresa que asume legalmente la actividad de distribución, al tratarse de un criterio jurídico-privado atinente a la mercantil comercializadora que se compromete de modo inmediato con el usuario a procurarle energía eléctrica distribuida por un tercero. Al contratante adquirente de energía no deben importarle las relaciones de la comercializadora con la distribuidora. Ambas entidades tienen legitimación pasiva sin perjuicio de las reclamaciones que en su caso pueda efectuar la comercializadora a la distribuidora.

Palabras claves: responsabilidad contractual, energía eléctrica: comercialización y distribución, y daños materiales.

Adelaida Medrano Aranguren
Magistrada del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 174 (julio 2015)

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Prodigalidad. Limitación de la capacidad de obrar. Rehabilitación de la patria potestad: tutela; curatela

La limitación de la capacidad de obrar requiere la existencia de enfermedades o deficiencias físicas o psíquicas persistentes, resultando de la prueba que se practique la conexión o nexo entre la enfermedad o deficiencia y la capacidad anulada total o parcialmente, y, por tanto, si la declaración de incapacidad es total o parcial; en función de ello procederá acordar la tutela o la curatela, y si ha de darle un representante en la esfera personal o patrimonial o solo necesita apoyos para la toma de decisiones en el ámbito patrimonial o en otros aspectos concretos, por ejemplo, en el área de la salud (seguimiento médico o de la administración de los tratamientos médicos indicados). No siempre es necesaria la rehabilitación de la patria potestad, en ocasiones una medida de apoyo como la curatela puede ser idónea para la protección del discapacitado. Cualquier limitación de la capacidad deberá acordarse tras un procedimiento judicial con arreglo a unos principios que difieren del resto de procedimientos, primando los principios de oficialidad y verdad material, que se dirigen a fijar la medida de protección más adecuada a la prueba realizada y a la situación real de la persona afectada.

Palabras claves: habeas corpus y recurso de amparo.

Casto Páramo de Santiago
Fiscal. Fiscalía Provincial de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 174 (julio 2015)

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Procedimiento de habeas corpus

El Tribunal Constitucional viene manifestando de forma reiterada que no se puede inadmitir la incoación a trámite de una solicitud de habeas corpus, so pretexto de que no se considera ilegal la detención sufrida, ya que, precisamente, esa es la decisión de fondo objeto del mismo.

Palabras claves: habeas corpus y recurso de amparo.

Ángel Muñoz Marín
Fiscal. Fiscalía General del Estado

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 173 (junio 2015)

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Contrato administrativo de servicios. Responsabilidad patrimonial de la administración. Expropiación forzosa

El caso se enfrenta a diversas cuestiones jurídicas surgidas en torno a diversos procedimientos administrativos en que se ve inmerso un organismo autónomo (CEDEX) adscrito a dos departamentos ministeriales. En concreto, y tras cuestionarse la naturaleza jurídica de su estatuto, se plantean problemas relativos a un contrato de servicios (órgano competente para autorizarlo, la necesidad o no de clasificación del contratista, publicación necesaria del mismo, procedimiento de adjudicación, necesidad o no de la existencia de la mesa de contratación, entre otros); a un procedimiento de responsabilidad patrimonial, consecuencia de una explosión de un laboratorio dependiente de dicho organismo, sito en Valencia (presentación de las solicitudes de iniciación, legitimación del reclamante, si, en su caso, el organismo podría, si llegara a indemnizar al lesionado, repetir lo pagado contra el funcionario culpable); régimen patrimonial (viabilidad de la venta de su sede en Valencia y lanzamiento de un indigente que se había instalado en el sótano del edificio); y, finalmente, a la posibilidad del CEDEX de tramitar el procedimiento de expropiación forzosa, posibles interesados en el mismo y tramitación a seguir si no existe acuerdo en la determinación del justo precio.

Palabras claves: contrato administrativo de servicios, responsabilidad patrimonial y expropiación forzosa.

Julio Galán Cáceres
Miembro del Cuerpo Jurídico de Defensa
Profesor del CEF

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 173 (junio 2015)

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Desahucio por precario y comodato por cesión de uso

El desahucio por precario constituye un proceso especial sin regulación sustantiva como situación de hecho que implica la utilización gratuita de un bien ajeno cuya posesión jurídica no nos corresponde, aunque nos hallemos en la tenencia del mismo. Su ámbito objetivo nos permite diferenciar entre la posesión sin título, la posesión tolerada y la posesión concedida. Analogías y diferencias prácticas entre el precario y el comodato, y la consideración jurisprudencial de aquel como una ampliación del concepto de este. Solución a dar a los supuestos de cesión de inmueble por razón de matrimonio, por parte de los terceros propietarios, y el problema jurídico de la atribución del uso de la vivienda por sentencia en proceso de familia como título legitimador justificante de la posesión. Problemática y soluciones jurisprudenciales proporcionadas ante la posible falta de legitimación activa para demandar a quién ocupa la vivienda en precario, si la demanda ha sido interpuesta por uno solo de los copropietarios de la finca.

Palabras claves: desahucio, precario, comodato, cesión de uso y copropiedad.

Adelaida Medrano Aranguren
Magistrada del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 173 (junio 2015)

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Naturaleza concursal o contra la masa de los créditos derivados de cuotas de contrato de leasing vencidas tras la declaración de concurso

La consideración de la naturaleza jurídica del contrato de arrendamiento financiero, y su estimación como contrato en el cual existen o no prestaciones pendientes de cumplimiento por una sola de las partes o de manera recíproca por ambas, en situación concursal, resulta determinante para que el crédito contractual contra el concursado pueda ser calificado como crédito contra la masa o concursal. Será contra la masa si deriva de un contrato con obligaciones recíprocas que estén pendientes de cumplimiento por ambas partes al declararse el concurso. Por tanto, la reciprocidad del vínculo contractual y la pendencia de cumplimiento de obligaciones por ambas partes constituyen los criterios determinantes de la calificación. Jurisprudencia contradictoria en esta materia. Necesidad de delimitar si las modificaciones introducidas por la Ley 38/2011, de 10 de octubre, en la redacción dada al artículo 61.2 de la Ley Concursal suponen o no una innovación que modifique el régimen jurídico existente hasta ahora.

Palabras claves: concurso de acreedores, contrato de leasing, cuotas impagadas y calificación de créditos.

José Ignacio Atienza López
Secretario del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 173 (junio 2015)

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