Nulidad de la compra de acciones de entidad bancaria: vicios del consentimiento por defecto de información

Nulidad de la compra de acciones de una entidad bancaria, realizada por persona sin conocimientos financieros, tras recibir información falsa acerca de la solvencia aparente de la entidad. Concurrencia de error esencial, en tanto en cuanto tal falso conocimiento de la realidad en que consistió dicho error recayó sobre un elemento esencial de la propia inversión cual es la situación financiera y solvencia del emisor, e igualmente inexcusable, toda vez que difícilmente puede exigirse a la demandante conducta alguna de verificación de la solvencia del emisor, siendo incluso de destacar que tal situación ni siquiera fue detectada por los organismos de control y reguladores especialmente dedicados a dichas funciones. El error no puede ser imputable a quien lo padece, no pudiendo imputarse a la compradora de las acciones la imagen de solvencia que proyectó la demandada.

Palabras claves: nulidad, venta de acciones, error inexcusable y vicio del consentimiento.

Adelaida Medrano Aranguren
Magistrada del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚMS. 175-176 (agosto-septiembre 2015)

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