Casos Prácticos

Casos prácticos de actualidad en el área civil, mercantil, administrativa y penal.

Calificación en el concurso de los créditos por indemnizaciones de trabajadores despedidos antes del concurso, si la improcedencia se determina tras la declaración del concurso: ¿concursal o contra la masa?

En el presente caso se aborda el tema de la clasificación que han de tener los créditos laborales en el concurso de acreedores, nacidos de despidos declarados improcedentes por la jurisdicción social con posterioridad al auto declarando el concurso, debiendo determinarse si lo esencial para esa clasificación es estar al momento del despido (anterior al concurso) o al momento de la declaración de improcedencia del mismo (posterior al concurso).
En estos casos de despido declarado improcedente, cuando el empleador está declarado en concurso, es relevante y determinante para atribuir una u otra calificación a estos créditos cuál es el hecho que motiva la extinción del contrato de trabajo, cuándo se produce, quién adopta la decisión y qué determina por tanto el devengo de los créditos a favor del trabajador. A ello trata de dar respuesta nuestro caso.

Palabras claves: concurso de acreedores, despido, indemnizaciones, clasificación concursal, créditos concursales y créditos contra la masa.

José Ignacio Atienza López
Secretario del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 167 (diciembre 2014)

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Detención ilegal. Robo con violencia e intimidación. Lesiones

El delito de secuestro no puede absorber, en todos los casos, los posibles tratos vejatorios que se infrinjan a la víctima, si estos son aptos para configurar un delito contra la integridad moral.

Palabras claves: detención ilegal, robo con violencia e intimidación y lesiones.

Ángel Muñoz Marín
Fiscal (Fiscalía General del Estado)

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 166 (noviembre 2014)

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Robo y lesiones con uso de instrumentos peligrosos

Se describe una situación en la que se usa el arma para causar la lesión. Esta apreciación es importante, pues las sentencias que estudian esta materia distinguen entre el uso del arma con efectos meramente intimidatorios para conseguir el robo y la utilización del arma para agredir, en cuyo caso no se vulnera el principio de proscripción de la doble imposición. Si la violencia se «orienta al apoderamiento» no cabe la doble valoración: por un lado, el robo con violencia y uso de armas o instrumentos peligrosos (art. 242.3), por otro, las lesiones agravadas del 148.1.
El restablecimiento mediante el reposo puede ser una terapia aislada o enmarcada dentro de otros tratamientos que pretenden la curación de algunas dolencias y, en cualquier caso, la recuperación de la integridad corporal. De ahí que pueda ser delito del artículo 147.1 la lesión de la señora cuya lesión requiere el reposo, aun cuando no se hubiera prescrito complementariamente farmacología.

Palabras claves: robo y lesiones agravadas, subtipo por uso de armas, reposo y farmacología y tratamiento.

José Ignacio Esquivias Jaramillo
Fiscal de consumidores y usuarios de la Fiscalía Provincial de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 166 (noviembre 2014)

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Administración Local: Régimen de uso de sus bienes. Responsabilidad patrimonial. Expropiación Forzosa

Se abordan cuestiones jurídicas relacionadas, en primer lugar, con la viabilidad jurídica de la cesión gratuita de un bien de la Administración a una asociación dedicada a la rehabilitación de drogadictos y alcohólicos y, en segundo lugar, con la operación jurídica a realizar para que un edificio ocupado por un Ministerio lo sea por un órgano de otro Departamento Ministerial. A continuación, el supuesto analiza el fallecimiento de un menor al caerse, en hora lectiva, en un colegio, por unas escaleras que, al parecer carecía de la protección adecuada, entablando una acción de responsabilidad patrimonial los padres del menor y oponiendo, para su exoneración, la comunidad autónoma, la culpa del menor. Finalmente, se plantean cuestiones relacionadas con una expropiación forzosa para la remodelación de una carretera, tales como quiénes, de los mencionados, ostentan la condición de interesados o expropiados y los recursos posibles de estos ante las presuntas actuaciones administrativas no ajustadas a derecho.

Palabras claves: régimen de uso de los bienes de la Administración, responsabilidad patrimonial de la Administración pública y expropiación forzosa.

Javier Fernández-Corredor Sánchez-Diezma
Magistrado

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 166 (noviembre 2014)

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Derecho al honor. Acciones penales y civiles. Caducidad de la acción

Las acciones penales o civiles para perseguir aquellas intromisiones que puedan considerarse vulneradoras del derecho al honor son posibles, pero el ejercicio de la acción penal no impide que se interponga la acción civil, ni el plazo de caducidad para el ejercicio de la acción civil se interrumpe por el ejercicio de la acción penal. Las informaciones que son publicadas por distintos periódicos, por revistas o que se difunden a través de cualquier medio de comunicación social, pueden dar lugar a que se interponga una acción que tienda a proteger el derecho al honor que se estime vulnerado en el plazo de caducidad de cuatro años, sin embargo no es posible que la acción pueda ser interpuesta en cualquier momento, o esperar a que se abra un procedimiento penal en el que se acredite la falsedad de la información u otros elementos relevantes de la misma, pues ya desde el primer momento se produciría esa vulneración del derecho fundamental que se invoca y, por tanto, con carácter previo se podría ejercitar la acción correspondiente sin esperar a que en un proceso penal se establezca dicha vulneración de acuerdo con las diligencias probatorias que en él se realicen, porque cualquier diligencia encaminada a la averiguación sobre los hechos, personas implicadas o pruebas periciales podrían practicarse en el proceso civil correspondiente.

Palabras claves: derecho al honor, acciones penales y civiles y caducidad de la acción.

Casto Páramo de Santiago
Fiscal. Fiscalía Provincial de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 166 (noviembre 2014)

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Responsabilidad patrimonial de la administración. Concesión demanial de local

El supuesto está planteado sobre dos cuestiones básicas, en primer lugar, un posible caso de responsabilidad patrimonial de la Administración como consecuencia de que con ocasión de una jornada de puertas abiertas en un establecimiento penitenciario, el manejo irregular de una máquina por parte de un interno origina el descolgamiento de aquella causando heridas a cuatro visitantes y al propio interno. Y, en segundo lugar, un procedimiento para otorgar la concesión demanial de un local que no es usado por la Administración, en favor de asociaciones que realizan labores de rehabilitación con internos. Respecto a la primera cuestión, se plantean problemas jurídicos sobre la legitimación para recurrir en concepto de responsabilidad patrimonial, si las solicitudes están presentadas en plazo, la concurrencia de los requisitos para la existencia de dicha responsabilidad y el ajuste a derecho de la resolución dictada. En relación con la segunda cuestión, se plantean problemas sobre si las solicitudes se presentaron en plazo y en el lugar adecuado, si cumplían los requisitos o no para que se les pudiera otorgar la referida concesión demanial y si alguna solicitud que no recibió notificación de resolución expresa había sido beneficiaria de aquella concesión.

Palabras claves: responsabilidad patrimonial de la Administración, dominio público y concesión demanial.

Julio Galán Cáceres
Miembro del Cuerpo Jurídico de Defensa
Profesor del CEF

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 165 (octubre 2014)

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Desahucio por precario dimanante de una crisis matrimonial, si la ocupación de la vivienda estaba vinculada a la actividad laboral del marido directivo de una empresa

El presente supuesto elaborado trata de auxiliar al letrado cuyo cliente ha sido citada a juicio de desahucio por precario dimanante de una crisis matrimonial, si la ocupación de la vivienda estaba vinculada a la actividad laboral del marido directivo de una empresa. Se trata de una cuestión compleja pues el marido tenía vinculada la ocupación de la finca a su actividad laboral y al mismo tiempo es directivo de la sociedad arrendadora. Ello permite articular la defensa a partir de determinadas líneas de actuación que se analizan en el caso, pero se examinan los posibles argumentos con la realidad jurisprudencial de nuestros días tratando con ello de prever un pronóstico de las posibilidades que cada argumento tendrá para salir adelante en tal defensa de la ocupante de la finca. Se trata de probar si el exmarido simula contratos con objeto de provocar el desahucio por precario perjudicando a la exesposa.

Palabras claves: desahucio, precario y su ámbito de aplicación, cuestión compleja, levantamiento del velo y simulación de contratos.

José Ignacio Atienza López
Secretario Judicial del Juzgado de
Vigilancia Penitenciaria n.º 3 de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 165 (octubre 2014)

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Registro de la agenda de teléfono móvil en el curso de una investigación. Entrega de listado de llamadas

El derecho al secreto de las comunicaciones y el derecho a la intimidad, ambos recogidos en el artículo 18 de la Constitución, no protegen, en todos los casos, de las mismas intromisiones, sino que cada uno de ellos tiene su específico ámbito de protección; del mismo modo que en el plano del secreto de las comunicaciones las injerencias que puedan llevarse a cabo tienen diferente intensidad.

Palabras claves: tráfico de drogas, derecho al secreto de las comunicaciones, derecho a la intimidad y denegación de diligencias de pruebas.

Ángel Muñoz Marín
Fiscal (Fiscalía General del Estado)

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 163-164 (agosto-septiembre 2014)

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Delitos continuados. Penalidad y aplicación del principio ne bis in idem

Cuando se trata de delitos patrimoniales, la pena básica no se determina en atención a la pena más grave, sino al perjuicio total causado. La regla primera del artículo 74.1 queda sin efecto cuando su aplicación fuera contraria a la prohibición de la doble valoración.
El auto de sobreseimiento o la sentencia absolutoria referida a solo algunos de los hechos que podrían estar comprendidos en un delito continuado no bloquea la investigación ni el enjuiciamiento de otros hechos no contemplados, aunque pudieran estar ligados por lazos de continuidad.

Palabras claves: delito continuado y doble enjuiciamiento.

José Ignacio Esquivias Jaramillo
Fiscal (Fiscalía Provincial de Madrid)

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 163-164 (agosto-septiembre 2014)

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Procedimientos administrativos. Contrato de obras. Procedimiento sancionador y responsabilidad patrimonial de la administración

El presente caso aborda los problemas derivados de un contrato de obras para la construcción de la sede de un organismo autónomo con competencia en todo el territorio nacional. Los problemas planteados giran en torno a la naturaleza y régimen jurídico del contrato celebrado, la existencia obligatoria o no de la mesa de contratación, el expediente de contratación, la viabilidad jurídica de contratar la realización del proyecto de obras y la adjudicación del contrato y el ejercicio del derecho a la modificación del contrato por parte del órgano de contratación. A continuación, se refiere el supuesto a un procedimiento sancionador iniciado como consecuencia de que el contratista arrojaba los escombros de la obra en un lugar no permitido, planteándose cuestiones en torno a la incoación de nuevos procedimientos como consecuencia de que se seguían arrojando escombros después de la iniciación de ese procedimiento, el ajuste a derecho de que el acuerdo de iniciación se considere propuesta de resolución, recursos procedentes contra la sanción impuesta y al procedimiento de ejecución de la sanción. Finalmente, se plantean cuestiones sobre un procedimiento de responsabilidad patrimonial iniciado a solicitud del interesado, como consecuencia de incumplimiento contractual en que incurrió la Administración.

Palabras claves: contrato administrativo, obras, procedimiento sancionador y responsabilidad patrimonial.

Javier Fernández-Corredor Sánchez-Diezma
Magistrado

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 163-164 (agosto-septiembre 2014)

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