Pruebas de aptitud para acceder al ejercicio de la profesión de Abogado en España de ciudadanos de la Unión Europea en 2018
Enviado por Editorial el Mié, 29/11/2017 - 08:56Se publica en el BOE de 29 de noviembre, la Resolución de 22 de noviembre de 2017, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se convocan pruebas de aptitud para acceder al ejercicio de la profesión de Abogado en España por parte de ciudadanos de la Unión Europea y otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Tiene por objeto establecer las pruebas para permitir el acceso y ejercicio de una profesión regulada en España, mediante el reconocimiento de las cualificaciones profesionales adquiridas en otro u otros Estados miembros de la Unión Europea y que permitan a su titular ejercer en él la misma profesión. Se establece que a la autoridad competente española le corresponderá prescribir, cuando no se haya completado un período de prácticas de 3 años, una prueba de aptitud en aquellas profesiones cuyo ejercicio exija un conocimiento preciso del derecho positivo español.
Se convocan las pruebas de aptitud con los siguientes requisitos:
- Ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea u otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
- Estar en posesión del documento oficial que acredite el ejercicio de la profesión de Abogado obtenido en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo