Jurisprudencia de Derecho Administrativo

Jurisprudencia más novedosa de derecho administrativo.

Extranjería. Derecho de residencia derivado. Reagrupación familiar. Relación de dependencia. Convivencia estable

Extranjería. Solicitud, por un nacional que no ha ejercido su derecho de circulación, del permiso de residencia para el hijo menor, extracomunitario, de su cónyuge extracomunitario. Denegación. Acreditación de disponer de recursos suficientes. Relación de dependencia.

El Tribunal de Justicia declara que:

Todo punto pendiente del orden del día de un Pleno debe recogerse en el orden del día del siguiente, incluso si es extraordinario

Entidades Locales. Pleno. Sesión extraordinaria. Exclusión del orden del día de asuntos pendientes en la sesión ordinaria suspendida.

La cuestión declarada de interés casacional objetivo es determinar si vulnera el derecho fundamental a participar en los asuntos públicos la inclusión por el alcalde en sesión extraordinaria del pleno de parte y no de todos los asuntos pendientes de debate en sesión ordinaria suspendida, infringiendo así el principio de unidad de acto del art. 87 del R.D. 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF).

Derecho de acceso a la información pública y la no necesidad de acreditar un interés determinado al solicitante

Derecho de acceso a la información. Límites del derecho de acceso a la información. Inadmisión de solicitudes de información. Reelaboración. No es necesario acreditar un interés determinado al solicitante.

El ámbito subjetivo de aplicación del derecho de acceso a la información pública se delimita por el artículo 12 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno (LTAIBG), en la forma siguiente: "Todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública, en los términos previstos en el artículo 105.b) de la Constitución Española.

Derechos de agua subterráneas privados en sondeos obtenidos antes de 1986

Procedimiento sancionador. Dominio público. Aguas. Uso de pozos de agua subterránea. Derecho privado de aguas subterráneas a raíz del sondeo autorizado. Sondeos ilegales. Sondeos no inscritos.

A partir de la entrada en vigor de la Ley de Aguas 29/1985, todo uso privativo de las aguas requiere "concesión administrativa", lo que ahora se establece ahora en el art. 59 del vigente Real Decreto Legislativo 1/2001 (TRLA). Esa Ley 29/1985 no hizo tabla rasa de los aprovechamientos adquiridos al amparo de la legislación anterior, como resulta de sus Disposiciones transitorias. Y el hecho de que el aprovechamiento de aguas privado litigioso no se hubiera inscrito en el Registro de Aguas o en el Catálogo de aguas privadas no supone su extinción.

No es exigible la motivación en las denegaciones de indulto

Denegación de indulto parcial. Informe favorable del Tribunal sentenciador. Oposición del Ministerio Fiscal de la Abogacía del Estado.

En principio, los actos que se pronuncien sobre el derecho de gracia, concediendo o denegando un indulto solicitado por un condenado, aunque se consideren como típicos actos de Gobierno y, por ello, discrecionales, son susceptibles de control jurisdiccional. Ahora bien, no se trata de una fiscalización in integrum de la decisión adoptada en vía administrativa que no tenga límites, porque esa posibilidad sería contraria a la propia normativa del derecho de gracia en la Constitución. Y es que la decisión graciable que el indulto comporta, que es contrario a la efectividad de la condena impuesta por los Tribunales, no está sujeta a mandato legal taxativo "siendo de plena disposición para el Gobierno", que no puede ser cuestionado en vía jurisdiccional en cuanto a la decisión esencial del mencionado derecho; esto es, sobre la procedencia o no de conceder el derecho o incluso el alcance con que el mismo se concede por el Gobierno.

Contrato tipo de acceso a la red postal. alcance de las potestades de la CNMC. Principios rectores

Contrato de Acceso a la Red Postal de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos. Aprobación previa. Potestades de la CNMC. Descuentos a operadores. Principio de no discriminación.

Las cuestiones que presentan interés casacional objetivo para la formación de la jurisprudencia consisten en:

Valor probatorio de los informes y dictámenes emitidos por personal de la Administración Pública

Acción administrativa. Bienes del Patrimonio Histórico Español. Denegación de autorización de exportación de un cuadro. Proceso contencioso administrativo. Prueba pericial. Valor de pericia de funcionarios administrativos.

La cuestión relativa al carácter reglado o discrecional de la autorización para la exportación de obras de arte se señala que se está en presencia de una potestad reglada: sólo si en el caso concreto concurre una causa que legalmente justifique la permanencia de la obra de arte en España, con arreglo al art. 5 de la Ley del Patrimonio Histórico Español y a su desarrollo reglamentario, puede la Administración denegar la solicitud de exportación. Naturalmente, la apreciación de si tal causa concurre puede comportar cierto margen de discrecionalidad técnica; pero, como es sabido, la discrecionalidad técnica no equivale a la discrecionalidad en sentido propio ni, por consiguiente, implica que la Administración pueda adoptar su decisión según criterios de pura oportunidad o conveniencia.

Alcance de la prescripción de la acción sobre la infracción a la acción de reparación de daños causados al demanio

Dominio público hidráulico. Aguas. Sanciones en materia de dominio público-hidráulico. Incumplimiento de las condiciones de la concesión.

Prescripción de la sanción. Reparación de daños causados al demanio. Procedimiento de restauración de la legalidad.

Infracción leve, consistente en "incumplimiento de las condiciones impuestas en las concesiones y autorizaciones administrativas de uso de agua.

En el auto de admisión se plantea, como cuestión de interés casacional, determinar el alcance de la anulación de una sanción cuando su causa es la prescripción, y sí cabe extender dicha anulación a las demás obligaciones impuestas -no prescritas como la obligación de reparación de daños causados al demanio.

Con independencia de las sanciones que sean impuestas "los infractores", podrán ser obligados a reparar los daños y perjuicios causados al dominio público hidráulico, así como a reponer las cosas a su estado anterior y, cuando no fuera posible, indemnizar los daños y perjuicios ocasionados al dominio público hidráulico.

Es legalmente posible que las Entidades Urbanísticas de Conservación asuman la limpieza del viario público de la urbanización y los consumos de energía eléctrica del alumbrado público

Urbanismo. Entidades Urbanísticas de Conservación. Asunción de la limpieza del viario público y de los consumos del alumbrado público. Interpretación de los arts. 67 y 68 del RGU.

La cuestión que presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia consiste en determinar sí al amparo de lo previsto en los artículos 67 y 68 del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto (por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística), es legalmente posible que los Estatutos de una Entidad Urbanística de Conservación prevean que tal Entidad asuma la limpieza del viario público de la urbanización y los consumos de energía eléctrica del alumbrado público, por entender que son englobables en las obligaciones a las que, conforme a dicho artículo 68, quedan sujetos los propietarios.

De la jurisprudencia que ha interpretado los arts. 67 y 68 del Reglamento de Gestión Urbanística, se extraen las siguientes conclusiones:

Derecho a la igualdad en el acceso a un cargo público. Nulidad del nombramiento pactado antes de la convocatoria

Propuesta de candidatos a ocupar la Presidencia y la Adjuntía de la Agencia Española de Protección de Datos. Nulidad del procedimiento por haberse pactado los nombramientos antes de la convocatoria del concurso para su provisión.

Para cubrir la Presidencia y Adjuntía de la AEPD la vigente normativa regula un procedimiento de selección concurrencial, público y transparente, y es un hecho notorio, que antes de convocarse ese procedimiento selectivo se pactó, luego de hecho, se designó y eligió a quien ocuparía la Presidencia y la Adjuntía de la AEPD.

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