Legislación

Normativa recientemente aprobada de interés civil, mercantil, administrativo y penal, publicada en los distintos boletines oficiales

La UE decide ampliar la protección del copyright de las obras musicales de 50 a 70 años

El Consejo de la Unión Europea ha aprobado la Directiva 2011/77/UE, de 27 de septiembre, que modifica otra anterior (Directiva 2006/116/CE, relativa al plazo de protección del derecho de autor y de determinados derechos afines), por la que se amplían de 50 a 70 años el periodo de protección de las grabaciones musicales.

La norma, deberá ser transpuesta al ordenamiento jurídico interno de los diferentes Estados miembros de la Unión en el plazo máximo de dos años. En España, la Directiva vendrá a modificar el artículo 112 de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI 1/1996, de 12 de abril).

Hasta ahora, el plazo de protección de los artistas intérpretes o ejecutantes y de los productores de fonogramas (discográficas) es de cincuenta años. En el caso de los artistas intérpretes o ejecutantes, este período comienza a contar desde la fecha de la interpretación o ejecución, o, si dentro de ese período de cincuenta años se publica o se comunica lícitamente al público una grabación de la interpretación o ejecución, con la primera publicación o la primera comunicación al público, si esta última es anterior. En el caso de los productores de fonogramas, el período comienza a contar desde la fecha de grabación del fonograma o desde la fecha de publicación lícita de la grabación.

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