El nuevo modelo organizativo del Registro Civil Central
Enviado por Editorial el Mar, 15/11/2011 - 13:41Se ha publicado una Instrucción conjunta de la Dirección General de los Registros y del Notariado y la Dirección General de Modernización de la Administración de Justicia, en la que se recoge el nuevo modelo organizativo del Registro Civil Central.
Aunque la nueva Ley del Registro Civil, dictada en sustitución de la de 1957 no entra en vigor -salvo algunas disposiciones- hasta el 22 de julio de 2014, su disposición final décima prevé que, hasta tal fecha, el Ministerio de Justicia deberá adoptar las medidas y los cambios normativos necesarios que afecten a la organización y funcionamiento de los Registros Civiles dentro del proceso de modernización de la Justicia, proceso en el que se inscribe la Instrucción objeto del presente comentario.
La instrucción, fechada el 27 de octubre de 2011, y que entra en vigor el 16 de noviembre, se sustenta, de un lado, en las competencias para determinar las funciones que correspondan a los encargados del Registro Civil que ostenta la Dirección General de los Registros y del Notariado, atribuidas por el Reglamento del Registro Civil, y de otro, en las que le corresponden a la Dirección General de Modernización de la Administración de Justicia en materia de dirección y coordinación respecto de los Secretarios de Gobierno y de los demás integrantes del Cuerpo Superior Jurídico de Secretarios Judiciales, a las que se añaden la elaboración de programas, directrices e instrumentos para la modernización de la justicia, entre ellos, el plan de choque del Registro Civil Central.