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El Gobierno clarifica en un Real Decreto los aranceles que deben aplicar notarios y registradores

El Gobierno clarifica en un Real Decreto los aranceles que deben aplicar notarios y registradores
  • La norma determina el régimen arancelario de las escrituras de subrogación, novación modificativa y cancelación de créditos hipotecarios, además de introducir criterios de mayor claridad y transparencia en las minutas.
  • Sólo en la cancelación de hipotecas por vivienda este Real Decreto hubiera supuesto en 2010 un ahorro para el ciudadano de unos 90 millones de euros, según estimaciones de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta del ministro de Justicia, Francisco Caamaño, un Real Decreto que ordena y clarifica la normativa vigente sobre los aranceles aplicables por notarios y registradores. Para ello, la nueva norma modifica los Reales Decretos 1426/1989, de 17 de noviembre, y 1427/1989, de 17 de noviembre, que regulan dichos aranceles en el caso de los notarios y los registradores, respectivamente, y el Decreto 757/1973, de 29 de marzo, que establece el de los registradores mercantiles.

El Ministerio de Fomento ultima la tramitación de la orden por la que se modifica el arrendamiento de vehículos con conductor

El Ministerio de Fomento ultima la tramitación de la orden por la que se modifica el arrendamiento de vehículos con conductor

El texto ha sido informado favorablemente por el Consejo Nacional de Transportes Terrestres y las comunidades autónomas. En el mismo sentido, el texto cuenta con el apoyo de las principales asociaciones de taxistas con representación en el Comité Nacional del Transporte por Carretera, tal y como se puso de manifiesto en la reunión mantenida el pasado 8 de noviembre con el director General de Transporte Terrestre.

La norma en cuestión tiene por objeto concretar y clarificar el concepto de "habitualidad" en el alquiler de vehículos con conductor en el ámbito de la comunidad autónoma de la que tienen la licencia para operar. La futura orden establecerá que se incumple este concepto cuando más del 20 por ciento o más, dentro de un mes natural, de los servicios realizados con el vehículo en cuestión no tengan origen o destino por el territorio en el que se encuentra domiciliada la autorización.

El Ministerio de Justicia implanta el servicio de Cita Previa en el Registro Civil Central

El Ministerio de Justicia implanta el servicio de Cita Previa en el Registro Civil Central

El Ministerio de Justicia amplia desde el 31 de octubre de 2011 el servicio de Cita Previa al Registro Civil, situado en la madrileña calle de la Montera. La disminución en los tiempos de espera con la puesta en marcha de este servicio en los registros civiles de Burgos, Cáceres, Cartagena, Guadalajara, Palma de Mallorca, Toledo y Valladolid desde el mes de julio, cuando se comenzó a prestar, han determinado su implantación en este registro.

A partir del, lunes 31 de octubre, se podrá pedir cita y desde el día 7 de noviembre la atención al ciudadano se encauzará mediante este sistema de llamada previa.

La Cita Previa permitirá reducir las colas de espera y facilitará el acceso de los ciudadanos a la Administración Pública, tal y como ha ocurrido en los registros civiles donde ya funciona. Hasta el día de hoy este servicio ha permitido gestionar su cita a más de 8.300 ciudadanos en esas siete sedes.

El Consejo General del Poder Judicial valora positivamente la Ley de Medidas de Agilización Procesal

El Consejo General del Poder Judicial valora positivamente la Ley de Medidas de Agilización Procesal

El Consejo General del Poder Judicial quiere destacar la aprobación definitiva hoy por el Parlamento del proyecto de Ley sobre Medidas de Agilización Procesal, de la nueva Ley Concursal y de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, porque, en su conjunto, constituyen un importante paso adelante en el proceso de modernización de la administración de Justicia española.

Para la portavoz del CGPJ, Gabriela Bravo, “las reformas aprobadas, que contaron con el apoyo e impulso del órgano de gobierno del Poder Judicial, permitirán a juzgados y tribunales mejorar el servicio público que prestan a los ciudadanos”.

El CGPJ ya indicó en su preceptivo Informe que la Ley de Medidas de Agilización de la Justicia facilitará que los procesos abiertos en las jurisdicciones de lo Civil y lo Contencioso-Administrativo sean más ágiles y más rápidos, con el correspondiente ahorro de costes para las arcas públicas y sin que, en ningún caso, se mermen las garantías procesales de los usuarios de la Justicia.

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