La limitación del coste a pagar por la retransmisión de extractos breves de acontecimientos de gran interés público, como los partidos de fútbol, es válida
Enviado por Editorial el Mié, 23/01/2013 - 09:07El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en el asunto C-283/11, establece que “la Carta de los Derechos Fundamentales no obsta para que la contraprestación que quien goza de los derechos de retransmisión en exclusiva puede solicitar por la emisión de resúmenes informativos en otras cadenas se limite a los costes de carácter técnico.”
La Directiva de servicios de comunicación audiovisual 1 permite a cualquier organismo de radiodifusión televisiva establecido en la Unión emitir resúmenes breves de carácter informativo relativos a acontecimientos de gran interés público sobre los cuales existen derechos de retransmisión en exclusiva. Pueden seleccionarse libremente extractos breves procedentes de la señal del organismo que goza de los derechos exclusivos, al cual se le abonará una contraprestación que equivaldrá únicamente a los costes adicionales en los que se haya incurrido directamente por prestar el acceso a la señal.
Sky Österreich rechaza dichas condiciones financieras en el marco de un litigio con el organismo público austriaco de radiodifusión, ORF. Sky transmite vía satélite la programación digital codificada denominada «Sky Sport Austria» y adquirió en su momento los derechos de radiodifusión televisiva en exclusiva para Austria de los partidos de la Liga Europa de las temporadas 2009/2010 a 2011/2012. Sky alega que abona anualmente varios millones de euros por la licencia y los costes de producción. Pues bien, KommAustria, que es el órgano regulador del sector de las comunicaciones en Austria, obligó a Sky a conceder a ORF el derecho a emitir resúmenes informativos sin tener en cuenta dichos gastos. Los costes en los que se había incurrido directamente por prestar el acceso a la señal del satélite ascendían en el caso concreto a cero euros.