Prácticas colusorias. El concepto de «empresa» del art. 101 TFUE
Enviado por Editorial el Lun, 13/05/2019 - 13:37Prácticas colusorias. Concertación de precios y presentación de ofertas para licitaciones. Responsabilidad por daños. Sucesión de empresas. Concepto de «empresa» del art. 101 TFUE.
Del tenor del artículo 101 TFUE, apartado 1, se desprende que los autores de los Tratados optaron por utilizar el concepto de «empresa» para designar al autor de una infracción de la prohibición establecida en esta disposición. Además, es jurisprudencia reiterada que el Derecho de la Unión en materia de competencia tiene por objeto las actividades de las empresas. El concepto de «empresa» en el sentido del artículo 101 TFUE comprende cualquier entidad que ejerza una actividad económica, con independencia de la naturaleza jurídica de dicha entidad y de su modo de financiación, y dicho concepto designa una unidad económica aunque, desde el punto de vista jurídico, dicha unidad económica esté constituida por varias personas físicas o jurídicas.