Atribución del uso de la vivienda familiar en caso de divorcio con custodia compartida
Enviado por Editorial el Mié, 28/03/2018 - 14:20Derecho de Familia. Divorcio. Custodia compartida. Uso de la vivienda familiar. La Jurisprudencia más reciente considera que la atribución del uso del domicilio conyugal o familiar a uno de los cónyuges con motivo de la declaración judicial de nulidad, separación o divorcio del matrimonio se incardina, como efecto propio de tal declaración, en el ámbito de los artículos 90 y 96 del Código Civil, conformándose como un derecho de uso o utilización que tiene naturaleza personal, asistencial, temporal y provisional, y que, por tanto, en ningún caso, es vitalicio. Permite concluir que, con su sueldo y con lo que resulte de la división del patrimonio común, la madre podrá disponer de una vivienda que permita hacer efectivo el sistema de custodia compartido establecido en interés del menor.