Casos Prácticos Derecho Civil

Casos prácticos de actualidad de Derecho Civil

Impugnación de la filiación no matrimonial. Revisión de sentencia con documento preexistente

Revisión de sentencia de Audiencia Provincial: impugnación de la filiación no matrimonial sobre la base de un documento pericial de investigación biológica existente y conocido, pero no aportado antes de dictar sentencia.

Palabras claves: impugnación de la filiación, prueba pericial y recurso de revisión.

Casto Páramo de Santiago
Fiscal. Fiscalía Provincial de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 196 (mayo 2017)

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El consentimiento informado, la medicina satisfactiva y la curativa

El presente caso trata de dar una aproximación del alcance jurídico del concepto de consentimiento informado previo a la actividad sanitaria. El consentimiento informado no es un documento, ni la firma del mismo implica de por sí la comprensión de la información asistencial contenida en él, que a menudo deviene inútil al sobrecargarse de tecnicismos y riesgos tan generalizados que no permiten identificar los característicos del concreto tratamiento. El consentimiento informado es un proceso de interacción entre profesional sanitario y paciente, preferentemente verbal, que permite entender recibida una información adecuada y suficiente para comprender el alcance de la intervención, los riesgos más frecuentes y las alternativas al tratamiento, constituyendo el documento escrito y firmado a tal efecto un mero requisito ad probationem. Diferencia entre la responsabilidad por defectos de información en la medicina satisfactiva y en la curativa, de forma que los profesionales sanitarios asumen todos los riesgos materializados sobre los que no se advirtió al usuario, dada la necesidad de evitar que se silencien los riesgos excepcionales ante cuyo conocimiento el paciente podría sustraerse a una intervención innecesaria o de una necesidad relativa, por no poder presumirse su aceptación de haber conocido los mismos, al no tratarse de tratamientos necesarios para la conservación o la recuperación de la salud.

Palabras claves: consentimiento informado, responsabilidad médica y medicina satisfactiva y curativa.

Adelaida Medrano Aranguren
Magistrada del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 196 (mayo 2017)

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Las ventas masivas de créditos y el retracto de crédito litigioso

Se ha vuelto a hablar de una figura olvidada en nuestro país (el retracto de crédito litigioso del art. 1.535 CC), como consecuencia de un fenómeno desconocido hasta hace muy poco tiempo: las compraventas de carteras de créditos al consumo por parte de entidades financieras que han transmitido a fondos de inversión (casi siempre extranjeros) determinados paquetes de créditos en situación de incumplimiento, para reducir el impacto negativo de tales fallidos en sus cuentas de pérdidas y ganancias. Lo habitual es que, cuando han tenido lugar tales ventas, ya se hayan iniciado los correspondientes procesos judiciales, casi siempre en la modalidad de ejecuciones de títulos no judiciales, como la que nos ocupa. Y no son pocas las ocasiones en que los deudores, al conocer estas ventas, tratan de extinguir sus débitos por medio del mecanismo que proporciona el artículo 1.535 del CC. Solo cabe entender como créditos litigiosos los que se hallan en procesos declarativos, pero no los que se encuentren en fase de ejecución forzosa de títulos judiciales o no judiciales en los que en el momento de la cesión se encuentre formulada oposición por el deudor, pues en sentido técnico-legal, en ellos el crédito no está ni en duda ni en disputa, sino que ha devenido cierto y exigible.

Palabras claves: cesión de créditos, créditos litigiosos: concepto y retracto de créditos.

Adelaida Medrano Aranguren
Magistrada del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 195 (abril 2017)

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Las ventas masivas de créditos y el retracto de crédito litigioso

Se ha vuelto a hablar de una figura olvidada en nuestro país (el retracto de crédito litigioso del art. 1.535 CC), como consecuencia de un fenómeno desconocido hasta hace muy poco tiempo: las compraventas de carteras de créditos al consumo por parte de entidades financieras que han transmitido a fondos de inversión (casi siempre extranjeros) determinados paquetes de créditos en situación de incumplimiento, para reducir el impacto negativo de tales fallidos en sus cuentas de pérdidas y ganancias. Lo habitual es que, cuando han tenido lugar tales ventas, ya se hayan iniciado los correspondientes procesos judiciales, casi siempre en la modalidad de ejecuciones de títulos no judiciales, como la que nos ocupa. Y no son pocas las ocasiones en que los deudores, al conocer estas ventas, tratan de extinguir sus débitos por medio del mecanismo que proporciona el artículo 1.535 del CC. Solo cabe entender como créditos litigiosos los que se hallan en procesos declarativos, pero no los que se encuentren en fase de ejecución forzosa de títulos judiciales o no judiciales en los que en el momento de la cesión se encuentre formulada oposición por el deudor, pues en sentido técnico-legal, en ellos el crédito no está ni en duda ni en disputa, sino que ha devenido cierto y exigible.

Palabras claves: cesión de créditos, créditos litigiosos: concepto y retracto de créditos

Adelaida Medrano Aranguren
Magistrada del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 41 de Madrid

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