Artículos de Derecho Civil

Artículos doctrinales de Derecho Civil

Protección jurídica del software en España

El presente trabajo trata de sintetizar los mecanismos de protección de los programas de ordenador en España. La preocupación del legislador por la tutela del software se debe a su enorme y creciente valor económico, en un mercado global dominado por las nuevas tecnologías, y a su relativa vulnerabilidad. El análisis se refiere a su regulación especializada en el ámbito de los derechos de autor mediante instrumentos internacionales, comunitarios y la Ley de propiedad intelectual nacional. También aborda la posible protección desde el derecho de propiedad industrial de las invenciones implementadas por ordenador, sin olvidar la potencial protección del software, no como creación de su autor, sino como activo intangible de una empresa, a través de la normativa de secretos empresariales. Partiendo de la definición del software y de algunas notas básicas sobre el mismo (código fuente y código objeto), este artículo aborda las particularidades y limitaciones de la protección del software; principalmente, el agotamiento comunitario y la descompilación. El resultado es una regulación con luces y sombras en algunos aspectos, insuficiente para una protección integral, debido, entre otras cosas, a la naturaleza del software y el valor económico de una idea revolucionaria, frente a los requisitos de expresión y originalidad tradicionales del derecho de autor, así como a la inevitable obsolescencia del lenguaje jurídico frente a la rápida evolución de la tecnología.

Palabras claves: software; protección; copyright; propiedad intelectual.

Marta Irene Gerique Martí
Abogada en Gómez-Acebo & Pombo

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 234 (julio 2020)

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Una aproximación acerca del seguro relativo a la propiedad industrial

En esta contribución se pretende reflexionar y dar a conocer una modalidad asegurativa ilustrada en el seguro de la propiedad industrial, que es muy ignota –por poco tratada– no solo desde la perspectiva de la literatura doctrinal y jurisprudencial, al ser escasos los estudios sobre la temática, sino también descuidada por parte de la práctica –extremo más preocupante–, toda vez que las ventajas que se obtienen de la puesta en marcha de este ramo asegurativo son de especial calado económico y jurídico frente a sus posibles inconvenientes. Sumado a lo precedente, este aporte tiene también como finalidad proporcionar algunos rasgos delimitadores, que nos suscitan varios interrogantes en torno a cómo hemos de actuar a futuro con el empleo de este seguro, y no solo desde la óptica de las leyes de tutela jurídica per se que poseen cada una de las diferentes modalidades de la propiedad industrial, y pensando en si queremos ver amparada la creatividad y la innovación ante posibles conflictos y litigios en contextos, particularmente, internacionales, cada vez más cambiantes, digitalizados y globalizados. .

Palabras claves: seguro; propiedad industrial; economía digital; comercio electrónico.

María Isabel Candelario Macías
Profesora titular de Derecho Mercantil.
Universidad Carlos III de Madrid

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 234 (julio 2020)

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La habitabilidad de los inmuebles arrendados. Límites del artículo 21 de la LAU. ¿Puede afectar la pandemia del coronavirus a la inhabitabilidad?

Desarrollo explicativo de la obligación del arrendador de mantener al arrendatario en el uso del inmueble durante la vigencia del contrato de arrendamiento. Referencia al concepto de obras de conservación para permitir la habitabilidad del inmueble.
Exclusión de la obligación del arrendador de llevar a cabo obras en razón a la normativa legal aprobada por motivo de la pandemia del coronavirus.

Palabras claves: contrato de arrendamientos; inhabitabilidad; coronavirus.

Vicente Magro Servet
Magistrado. Sala Segunda del Tribunal Supremo.
Doctor en Derecho

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 233 (junio 2020)

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Los servicios de dirimencias como instrumento de resolución de conflictos interbancarios

El presente trabajo analiza los servicios de dirimencias creados entre las entidades de crédito residentes en España, para la resolución de los conflictos surgidos entre ellas. Para ello, se ha efectuado en primer lugar un estudio de los elementos fundamentales del arbitraje y su regulación legal, para encuadrar dichos organismos de resolución de controversias habidos en el marco de la Asociación Española de Banca, la Confederación Española de Cajas de Ahorro y la Unión Nacional de Cooperativas de Crédito, como arbitrajes interbancarios, y su adecuación o no a la vigente Ley de Arbitraje. La particularidad de este estudio recae en el desconocimiento para la gran mayoría de los juristas de la existencia de dichos servicios, debido a la falta de una regulación legal, y a la no publicación de sus laudos. Para las entidades de crédito que operan en España es necesario suscribir los convenios de adhesión a dichos servicios, para poder actuar dentro del Sistema Nacional de Compensación Electrónica como imperativo legal, obligándose a cumplir los laudos para no ser expulsados del mismo, lo que lleva finalmente a calificar la actuación de dichos servicios de dirimencias como un arbitraje de derecho, institucional, técnico, irritual y forzoso.

Palabras claves: entidades de crédito; arbitraje interbancario; servicio de dirimencias.

Marta Horcajo León
Graduada en Derecho y Administración y Dirección de Empresas.
Universidad de Burgos

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 233 (junio 2020)

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Bienes jurídicos que protege el actual derecho de familia: los nuevos expedientes de jurisdicción voluntaria en la materia

Es sabido que el derecho civil comprende académicamente distintas materias dentro de su campo de estudio. En los últimos tiempos, lo referente a los avatares y conflictos que surgen en el ámbito contractual es lo que quizá goza de mayor repercusión en la sociedad (cláusulas abusivas, contratación masiva, derecho bancario, problemática aparejada a los préstamos con garantía real hipotecaria…), reforzado de hecho con la interacción con fuentes jurídicas rectoras nacidas del derecho de la Unión Europea. Sin embargo, hay otra rama del derecho civil que está atravesando unos cambios vertiginosos, que se estiman perfectamente aptos para dotarla de una reconfiguración estructural: el derecho de familia. Hasta tal punto esto es así, que este sector del derecho civil puede estar regulando elementos que poco tienen que ver con la idea de familia que había venido imperando sociológicamente hasta no hace demasiado tiempo. En este trabajo se busca contrastar esta situación no desde un mero plano teórico o dogmático, sino escrutando regulaciones recientes de derecho positivo; y particularmente el elemento más crucial para poder concluir la producción de esa mutación: descubrir los bienes jurídicos que tienden a proteger las normas integrantes del área jurídico-civil que constituye el actual derecho de familia. Para ello, nos servimos en las líneas en que desarrollamos este estudio de las previsiones que se contienen en la Ley 15/2015, de 2 de julio, reguladora de la Jurisdicción Voluntaria, dado que a lo largo de su articulado se contemplan una serie no desdeñable de expedientes que tienen por objeto aspectos insertos en el ámbito del derecho de familia.

Palabras claves: derecho; familia; jurisdicción; voluntaria.

Eduardo Sánchez Álvarez
Doctor en Derecho. Profesor asociado de Derecho Civil.
Universidad de Oviedo

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 233 (junio 2020)

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El Tribunal Supremo invierte la carga de la prueba y favorece a los consumidores en los contratos de cajas de seguridad

En el presente trabajo analizaremos cómo la STS de 26 de febrero de 2018 resuelve, definitivamente, un debate doctrinal suscitado desde hace una década acerca de la naturaleza jurídica de los contratos de alquiler de cajas de seguridad. A partir de esta sentencia, los contratos de alquiler de cajas de seguridad son calificados como contratos atípicos y de naturaleza mixta, es decir, aúnan características y rasgos tanto de los contratos de arrendamiento como de los contratos de depósito.
En este sentido, el Tribunal Supremo considera de aplicación analógica el régimen jurídico de los contratos de depósito cerrado y sellado, previsto en el artículo 1.769 del CC. Como comprobaremos, esta interpretación sobre la naturaleza jurídica, lejos de mantenerse en un plano teórico, incidirá en cuestiones sustantivas y procesales de carácter práctico tan relevantes como las reglas de la carga de la prueba.
De este modo, a través de la inversión de la carga de la prueba a favor del cliente se presumirá la culpa de la entidad bancaria en el defectuoso cumplimiento de su obligación de custodia y se otorgará valor probatorio a su declaración en cuanto al valor de los bienes depositados en ella, protegiendo así a la parte más débil del contrato: los consumidores.

Palabras claves: contratos de alquiler de cajas de seguridad; naturaleza jurídica; contratos atípicos; carga de la prueba; consumidores.

María Magdalena Pérez de Prada
Abogada
Doctoranda de Derecho y Ciencias Sociales de la UNED

Teresa Núñez Sanz
Abogada

Mercedes de Prada Rodríguez
Profesora titular (AC) de Derecho Procesal

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 232 (mayo 2020)

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Cómo acabar de una vez por todas con el descontrol en la mal llamada «jura de cuentas»

La STC de 14 de marzo de 2019 declaró la inconstitucionalidad de los artículos 34.2.III y 35.2.II y IV de la LEC, porque excluían el recurso frente al decreto del letrado de la Administración de Justicia al resolver la oposición en la llamada «jura de cuentas». Aunque no se indique expresamente, parte del carácter jurisdiccional de este proceso. Esto permite revisar críticamente la STJUE de 16 de febrero de 2017 (C-503/2015), y también impone al legislador español reconsiderar este procedimiento, al menos para introducir un sistema de control judicial, tanto de la admisibilidad del proceso como de las eventuales cláusulas abusivas cuando se trata de consumidores.

Palabras claves: abogado; procurador; reforma procesal; jura de cuentas; recurso; cláusulas abusivas.

José Bonet Navarro
Catedrático de Derecho Procesal.
Universidad de Valencia

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 232 (mayo 2020)

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Responsabilidad por accidentes y una propuesta de futuro

El desarrollo de las nuevas tecnologías comporta multitud de nuevos riesgos, no resultando en ocasiones bastante la regla de la responsabilidad por culpa. Actividades beneficiosas para el desarrollo de la sociedad, al mismo tiempo son generadoras de riesgos, por lo que su ejercicio debe someterse al control preciso para reducir el riesgo a lo mínimo indispensable, para de esta manera ser aceptable. Por todo ello, si bien frente a la regla de la responsabilidad subjetiva ha surgido la regla de la responsabilidad objetiva, deberíamos plantearnos un nuevo modelo de responsabilidad que contemple la atribución de responsabilidad y la asignación de costes, con la finalidad de poder llegar a tener una percepción global de los problemas que surgen, producido un accidente.

Palabras claves: responsabilidad; riesgo; daños; diligencia.

Juan Panisello Martínez
Abogado

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 230 (marzo 2020)

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El valor jurídico de los incoterms en la jurisprudencia española: pasado, presente y futuro

A medida que va creciendo la actividad comercial en el mundo, los legisladores no son capaces de seguir el ritmo frenético de la expansión del comercio internacional. Así, al igual que ocurría ya en la Edad Media, son los propios comerciantes y empresarios los que están creando un nuevo sistema legal supranacional llamado lex mercatoria, para así poder desarrollar con garantías su actividad comercial. La base de dicho sistema es el derecho contractual. Sectores tan dinámicos como el de los seguros o el transporte han creado ya sus propias normas, vía modelos contractuales o contratos estandarizados, que aplican regularmente en sus relaciones internacionales. Los contratos modelo se han convertido de un tiempo a esta parte en fuente de derechos y obligaciones entre las partes en sustitución de las regulaciones nacionales, incapaces de aportar la flexibilidad y el dinamismo necesarios, al igual que el contrato de compraventa internacional de mercancías, los tribunales de arbitraje internacional o los incoterms.
Los incoterms son uno de los elementos más usados en las relaciones comerciales internacionales desde muchos años atrás y que sobreviven en el tiempo; su uso es tan frecuente que la jurisprudencia española ha realizado varios análisis del mismo en diversas sentencias.

Palabras claves: nueva lex mercatoria; globalización; comercio internacional; contratos internacionales; arbitraje internacional.

Alfonso Ortega Giménez
Profesor contratado doctor (acreditado a profesor titular)
de Derecho Internacional Privado.
Universidad Miguel Hernández de Elche

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 230 (marzo 2020)

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La subsistencia o extinción del arrendamiento de vivienda después de la subasta: problemas nuevos o no resueltos tras la reforma de la LAU por el Real Decreto-Ley 7/2019

En el presente artículo se analiza la problemática de los arrendatarios de viviendas que son subastadas por deudas del arrendador, su derecho a permanecer en el inmueble tras la subasta, los casos en que han de abandonarla y las cuestiones conflictivas que la interpretación del artículo 13 de la LAU suscita en la práctica.

Palabras claves: arrendamiento; subasta; hipoteca; embargo; derecho de uso; liquidación de cargas; retracto.

M.ª José Achón Bruñén
Doctora en Derecho Procesal

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 230 (marzo 2020)

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