Artículos de Derecho Civil

Artículos doctrinales de Derecho Civil

Tecnología blockchain y contratación electrónica: puntos críticos de integración de los denominados smart contracts en nuestro sistema de derecho contractual

En este trabajo se propone el análisis de dos realidades que están condenadas a entenderse, además forzosamente de manera absolutamente armónica: las pujantes nuevas tecnologías, personificadas a los efectos buscados en la blockchain y los denominados smart contracts, de un lado, y el sistema de derecho contractual, que se inserta con tanta solera histórica en nuestro ordenamiento jurídico y que tantos cambios ha venido experimentando para adaptarse fehacientemente a la realidad social contemporánea y las problemáticas que gesta en su ámbito material, de otro. Se trata de exponer, rápidamente, la primera de esas vertientes para comprobar, posteriormente, si cuenta con un engarce pacífico con la segunda y su imperativa fuerza normativa. En su caso, se reflexionará sobre la necesidad de adaptar ese complejo normativo a las innovaciones tecnológicas, habida cuenta de que en las mismas va a producirse el fenómeno de la contratación, sirviéndose de ellas y sus ventajas, procurando que no faciliten abusos o desafueros.

Palabras claves: contrato; blockchain; smart; derecho; tecnología.

Eduardo Sánchez Álvarez
Doctor en Derecho, profesor asociado de Derecho Civil.
Universidad de Oviedo


Adrián García Pacios
Graduado en Derecho.
Universidad de Oviedo


Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com
Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 246 (julio 2021)

Comprar Documento en ceflegal.com

La discriminación legal del ejecutado que no ostenta la condición de deudor en el proceso de ejecución hipotecaria

En el presente artículo se analiza, desde un punto de vista crítico, la discriminación que en el procedimiento de ejecución hipotecaria sufre el ejecutado que no ostenta la condición de deudor, al que no se conceden algunos de los derechos que la ley otorga a este.

Palabras claves: hipotecante no deudor; tercer poseedor; subasta; concurso; ejecución hipotecaria; cláusulas abusivas.

M.ª José Achón Bruñén
Doctora en Derecho Procesal

Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com
Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 246 (julio 2021)

Comprar Documento en ceflegal.com

El avance industrial modela el derecho de la competencia. Las acciones follow-on y el cártel europeo de los fabricantes de camiones

El impacto del derecho de la competencia, o de cualquier otra ley, depende de su modo de ejecución. La elección de las medidas para hacer cumplir la ley es tan importante como la definición de lo que la ley permite o prohíbe. Al decidir si obedecer una ley de competencia, las partes afectadas normalmente se preguntan qué sucederá si transgreden dichas normas. Saber con qué probabilidad la ley les castigará a los malhechores es fundamental para responder a la pregunta.
El Reglamento 1/2003 proporciona a los ciudadanos y a la Comisión Europea un nuevo instrumento para hacer cumplir las normas de competencia de la Comunidad Europea. Y a continuación, tras muchos años de preparación, el 17 de abril de 2014 el Parlamento Europeo aprobó el texto de la propuesta de Directiva sobre acciones por daños y perjuicios en materia de defensa de la competencia. El objetivo político declarado de la directiva es mejorar el acceso a la indemnización de todas las víctimas de infracciones del derecho de la competencia de la UE; el objetivo puede obtenerse mediante diferentes tipos de aplicación.
Es un principio fundamental, si bien genera derechos y obligaciones, de que el derecho de la Unión depende de los órganos jurisdiccionales de los Estados miembros para aplicar estos derechos y obligaciones. De esta forma, se dice que los Estados miembros tienen autonomía en materia de tratamiento y procedimiento, con sujeción a las dos condiciones: una de equivalencia (lo que significa que las condiciones para una reclamación basada en una infracción del Derecho de la UE no pueden ser más estrictas que las de una reclamación basada en la legislación nacional similar) y una de eficacia mínima (lo que significa que las condiciones no pueden dificultar indebidamente la ejecución de los derechos concedidos por el tratado). Estas condiciones se derivan a su vez de la obligación general de los Estados miembros de garantizar la aplicación efectiva del derecho de la Unión y cumplir las obligaciones impuestas por el artículo 4, apartado 3, del TUE. Las normas de defensa de la competencia contenidas en el TFUE se aplican tanto mediante decisiones adoptadas por las autoridades de competencia y otras autoridades públicas como mediante litigios ante los tribunales, promovidos por los particulares en relación con una supuesta infracción de las normas de competencia por otra parte privada. Para concluir este trabajo, he recogido un breve análisis de uno de los casos más recientes, de alto perfil y de una de las multas más altas en la UE. Esto ilustra la interacción entre la aplicación pública y privada de la legislación en materia de competencia.

Palabras claves: Adam Smith; avance industrial; cártel; derecho de la competencia; Unión Europea; Tratado Constitutivo de la UE; Tratado de Funcionamiento de la UE; Comisión Europea; autoridades nacionales de competencia; multas; aplicación pública y privada; artículos 101 y 102 del TFUE; jurisprudencia del TJUE; camiones.

Denis Feschuk
Abogado especialista en derecho internacional privado
Doctorando en derecho de la competencia. Universidad de Murcia


Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com
Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 246 (julio 2021)

Comprar Documento en ceflegal.com

La responsabilidad por daños derivados de los productos en los casos internacionales. Ley aplicable y perspectiva del Tribunal Supremo español

Este trabajo aborda la aplicación del derecho en los casos en los que el daño deriva de un producto. El Tribunal Supremo en su jurisprudencia ha tenido la oportunidad de aplicar instrumentos legales internacionales a complejos asuntos en los que se debía dilucidar la ley aplicable a la responsabilidad que derivaba de daños causados por productos. La globalización mundial es un dato incuestionable, y en muchas ocasiones es la explicación a que las obligaciones extracontractuales derivadas de daños producidos a terceros se produzcan en un plano internacional. Y en este contexto se realiza un estudio de la perspectiva del Tribunal Supremo sobre estas obligaciones extracontractuales.

Palabras claves: cresponsabilidad por daños; productos; casos internacionales; jurisprudencia Tribunal Supremo.

Isabel Lorente Martínez
Abogada colegiada ejerciente. Ilustre Colegio de Abogados de Murcia
Profesora doctora de Derecho Internacional Privado. Universidad de Murcia
Miembro de la Red Europa-España de Derecho Internacional Privado


Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com
Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 245 (junio 2021)

Comprar Documento en ceflegal.com

¿Cómo ha afectado el coronavirus al derecho del seguro?

Análisis acerca de cómo ha afectado la pandemia mundial del coronavirus al sector del seguro y las incidencias que pueden darse en determinadas pólizas de seguro, acerca de si se admite la cobertura de la póliza o las entidades aseguradoras pueden rechazar esta cobertura.

Palabras claves: coronavirus; contrato de seguro; cobertura.

Vicente Magro Servet
Magistrado. Sala de lo Penal del Tribunal Supremo
Doctor en Derecho


Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com
Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 245 (junio 2021)

Comprar Documento en ceflegal.com

La infrarrepresentación femenina en el gobierno corporativo de las sociedades cotizadas españolas: una aproximación holística

Este trabajo pretende ofrecer una aproximación holística para interpretar adecuadamente el fenómeno de la infrarrepresentación femenina en el gobierno corporativo de las sociedades cotizadas españolas. Ello requiere, por un lado, la revisión del variado elenco de normas legales y reglamentarias y normas de autorregulación que, desde diferentes perspectivas, articulan los instrumentos jurídicos para promover la igualdad en el contexto citado. Por otro, una valoración de dichos instrumentos a la luz de las aportaciones efectuadas por las ciencias sociales y los practitioners, para intentar dilucidar aquellos aspectos que han sido soslayados o simplemente inadvertidos por quienes los formulan. En este sentido se constata que, al margen de la introducción de las reformas normativas necesarias para dotar a dichos instrumentos de mayor robustez y coherencia, es imprescindible un firme compromiso del consejo de administración y la alta dirección para promover un cambio de cultura corporativa que favorezca la igualdad de género en todos los niveles de la empresa.

Palabras claves: gobierno corporativo; sociedades cotizadas; igualdad de género; responsabilidad social corporativa.

María José Puyalto Franco
Profesora de Derecho Mercantil.
Universitat de Lleida


Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com
Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 244 (mayo 2021)

Comprar Documento en ceflegal.com

Cláusula rebus sic stantibus y cláusulas MAC: remedios frente a la alteración extraordinaria de las circunstancias básicas del contrato

Las consecuencias de una crisis económica también tienen incidencia en el ámbito jurídico, propiciando la revisión de ciertas figuras hasta entonces poco invocadas, así como la aparición de otras nuevas. Estas figuras permiten dar respuesta a cambios sobrevenidos en las relaciones de naturaleza patrimonial. Este trabajo tiene por objeto el estudio de la alteración sobrevenida y extraordinaria de las circunstancias básicas de una relación contractual. Se parte de la cláusula rebus sic stantibus, y se proponen soluciones alternativas en los casos en los que su influencia en la dinámica del contrato resulta insuficiente, dado que, en nuestro ordenamiento, la tutela del deudor frente a la imprevisible onerosidad de su prestación carece de regulación legal específica. En particular, se profundizará en los presupuestos que, según una consolidada jurisprudencia, deben concurrir para admitir la ineficacia del contrato, examinando, tanto la doctrina tradicional sobre la cláusula rebus sic stantibus, como aquellos pronunciamientos jurisdiccionales más recientes. Realizado este examen, analizaremos la oportunidad de determinados acuerdos entre las partes que están dirigidos a asegurar la posibilidad de privar de eficacia un contrato cuando las circunstancias que se tuvieron en cuenta han cambiado de modo imprevisto, propiciando una situación desfavorable, desde la perspectiva económica, para una de las partes. Se trata de las cláusulas MAC (por sus siglas en inglés de material adverse change).

Palabras claves: cláusula rebus sic stantibus; cláusulas MAC; equilibrio económico contractual; cambio en las circunstancias contractuales.

Ignacio Buil Vera
Graduado en Derecho y ADE por la Universidad de Zaragoza
Cursando Máster en Acceso al Ejercicio de la Abogacía por la Universidad Carlos III de Madrid


Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com
Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 243 (abril 2021)

Comprar Documento en ceflegal.com

Propuestas de cambios legislativos sobre los delitos de naturaleza contable

El artículo 31 bis del CP (apoyado en el art. 66 bis CP) incorpora la responsabilidad frente a algunos delitos para las personas jurídicas, ampliando la responsabilidad más allá de los administradores.
Por su repercusión sobre el sistema económico, destacan las consecuencias que este hecho tiene sobre el delito contable. La importancia de la responsabilidad penal de las personas jurídicas en materia contable se deriva de que en momentos de inestabilidad económica es fundamental avanzar en un efectivo control social en el ámbito contable, con influencia directa sobre la recaudación, e indirecta sobre la confianza en las empresas que conforman los mercados.
En este trabajo se analizan las consecuencias de la inclusión de la responsabilidad penal de las empresas sobre el delito contable.

Palabras claves: delito contable; responsabilidad penal de la empresa; fraude fiscal.

Miguel Ángel Villacorta Hernández
Universidad Complutense de Madrid

Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com
Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 243 (abril 2021)

Comprar Documento en ceflegal.com

Responsabilidad penal de las personas jurídicas: El conflicto de intereses en la representación procesal

Este trabajo se centra en la problemática que puede surgir habitualmente en el enjuiciamiento penal de las personas jurídicas y, en particular, de las sociedades mercantiles, debido al modelo legal español de representación en el procedimiento elegido por el legislador, que apuesta por la figura de un representante especialmente designado. Debido a la arquitectura interna de la responsabilidad penal de las personas jurídicas, puede tener lugar un conflicto de intereses en los casos en los que la persona física que ocupa la representación de la sociedad en el procedimiento es, al mismo tiempo, investigada a título personal.
Este potencial conflicto de intereses es un daño colateral del sistema de responsabilidad penal de las personas jurídicas, en el que la legislación les atribuye responsabilidad penal, bajo determinadas circunstancias, en caso de comisión de determinados delitos en el seno de su estructura empresarial por parte de ciertas personas determinadas legalmente, esto es, los administradores o personas con responsabilidad o por omisión de sus deberes de vigilancia. Y son precisamente las personas investigadas como persona física y autores materiales del delito quienes en muchas ocasiones son llamadas a ser designadas para la representación de la sociedad en el proceso penal, debido tanto a los puestos que ocupan como a su conocimiento de los hechos investigados.
Este conflicto de intereses puede, potencialmente, comprometer el derecho a un proceso con todas las garantías y lesionar la tutela judicial efectiva y el derecho de defensa de la sociedad investigada, con los riesgos que ello supone tanto para la propia persona jurídica como para el resto de implicados y la administración de justicia que, en ciertas ocasiones, puede verse obligada a declarar una nulidad de actuaciones y repetir el procedimiento.
Este artículo aborda el estado de la cuestión en la legislación, la doctrina y la jurisprudencia con el ánimo de sintetizar las consecuencias procesales y sobre cómo puede reaccionar el ordenamiento para minimizar este riesgo procesal para las sociedades.

Palabras claves: personas jurídicas; conflicto de intereses; responsabilidad penal.

Marta Gerique Martí
Abogado en Gómez-Acebo & Pombo

Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com
Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 242 (marzo 2021)

Comprar Documento en ceflegal.com

Abogacía y responsabilidad civil profesional: prosperabilidad en la práctica de las demandas reclamando indemnización

El principal propósito de este trabajo estriba en proporcionar una visión global e ilustrativa de los elementos que, con arreglo a la doctrina y jurisprudencia de aplicación en la materia, conforman la responsabilidad civil de los profesionales de la abogacía, analizando por extensión los aspectos que necesariamente debe incluir toda demanda en la que se reclame una indemnización con motivo de la actuación errónea o negligente de un letrado, para que la misma pueda llegar a ser estimada. Pero este último punto no será el único abordado desde un enfoque práctico, dado que, al mismo tiempo, se aprovechará la ocasión para tratar de proporcionar, a partir de hipótesis concretas que constituyen supuestos de responsabilidad profesional, algunas claves de actuación a la hora de asumir y llevar a cabo la dirección letrada de asuntos, con la finalidad de evitar el problema de incurrir en negligencias. Asimismo, se facilitarán ciertos consejos y aclaraciones de interés sobre cómo reaccionar en la praxis ante la eventual comisión de una negligencia y, más en singular, frente a la interposición de una demanda en la que un cliente solicite una indemnización en tal sentido, tomando en consideración, además, la existencia y papel que juega el seguro de responsabilidad civil en este contexto.

Palabras claves: abogacía; negligencia; error; responsabilidad civil; indemnización.

María Victoria Álvarez Buján
Abogada. ICA de Ourense
Doctora en Derecho


Puede adquirir este documento en la página web ceflegal.com
Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 242 (marzo 2021)

Comprar Documento en ceflegal.com

Páginas