La decisión de entregar al recurrente a las autoridades italianas para cumplir una condena impuesta en rebeldía sin condicionamiento alguno no supone una vulneración indirecta del derecho a un proceso con todas las garantías
Enviado por Editorial el Vie, 21/02/2014 - 14:26El TC procede a revisar la caracterización que este Tribunal ha venido realizando hasta ahora del denominado contenido absoluto del derecho a un proceso con todas las garantías (art. 24.2 CE), cuya lesión determina una vulneración indirecta de aquel por parte de los poderes públicos españoles, ya que ahora debe ser integrado por los tratados y acuerdos internacionales sobre protección de los derechos fundamentales y las libertades públicas ratificados por España, y en concreto la interpretación que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea han realizado del contenido del derecho a un proceso equitativo.