Más restricciones en el mercado de valores sobre las ventas en corto y operaciones similares
Enviado por Editorial el Lun, 05/11/2012 - 10:59Acuerdo de 1 de noviembre de 2012, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por el que se imponen restricciones sobre las ventas en corto y operaciones similares. Se prohíbe cautelarmente, desde el día de publicación de esta norma el 3 de noviembre, y hasta el 31 de enero de 2013, la realización por cualquier persona física o jurídica, operaciones que creen un instrumento financiero o estén vinculadas a un instrumento financiero, y cuyo efecto, o uno de cuyos efectos, sea conferir una ventaja financiera a dicha persona física o jurídica en caso de que disminuya el precio o valor de las acciones admitidas a negociación en un mercado secundario oficial español.
Se excluye de la prohibición las actividades de creación de mercado en los términos previstos en el Reglamento (UE) n.º 236/2012; y también la creación o incremento de posiciones cortas netas: