Modificación de los modelos de tasas judiciales
Enviado por Editorial el Lun, 01/04/2013 - 14:39Orden HAP/490/2013, de 27 de marzo, publicado en el BOE de 30 de marzo, por la que se modifica la Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución, de la tasa por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social y se determinan el lugar, forma, plazos y los procedimientos de presentación.
El Real Decreto-ley 3/2013, de 22 de febrero, introduce modificaciones a la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, de tasas en el ámbito de la Administración de Justicia, que obligan a su vez a modificar la Orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 696 de autoliquidación, y el modelo 695 de solicitud de devolución de tasas; modificaciones estas que tienen que introducirse en los modelos y que están en relación con los siguientes aspectos modificados por el Real Decreto-ley 3/2013: