La Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJ de Madrid limita el recurso de casación autonómica a la unificación de jurisprudencia
Enviado por Editorial el Mié, 24/05/2017 - 14:14Los magistrados limitan enormemente la recurribilidad de las sentencias y autos, hasta el punto de que solo podrá admitirse el recurso contra las resoluciones de esta propia Sala cuando se incurra en la fijación de jurisprudencia contradictoria
La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid se ha pronunciado sobre el objeto del recurso de casación autonómica, cuyo conocimiento se atribuye a una Sección Especial de la Sala, y ha limitado su aplicación a la unificación de jurisprudencia por lo que respecta al recurso contra las sentencias de la propia Sala.
En un auto dictado el pasado 17 de mayo, tras poner de manifiesto la defectuosa técnica legislativa con la que se ha instaurado un recurso de casación tan relevante para la posición constitucional del Tribunal Superior de Justicia, los magistrados declaran que son recurribles mediante este recurso tanto las sentencias dictadas por los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo como las sentencias dictadas por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.