Estudio sobre el requisito de que el engaño sea "bastante" en el delito de estafa
Enviado por Editorial el Vie, 29/09/2017 - 14:36Delito de estafa. Engaño bastante. Dilaciones indebidas. Es constante la doctrina de la Sala que en interpretación de la exigencia de que el engaño sea "bastante" , como elemento del tipo de estafa, no puede entenderse en el sentido de que dicho elemento del tipo puede quedar neutralizado --esto es, inexistente--, en función de la perspicacia del perjudicado. Dejando al margen supuestos de insuficiencia o inidoneidad del engaño, la aplicación del delito de estafa no puede quedar excluida mediante la culpabilización de la víctima con abusivas exigencias de autoprotección. El engaño debe ser antecedente, causante y bastante, entendido este último en sentido subjetivo como suficiente para viciar el consentimiento del sujeto pasivo.