Negligencia médica, prescripción frente a la aseguradora de salud
Enviado por Editorial el Vie, 01/12/2017 - 12:01Tratamos en este caso la prescripción de la acción de reclamación de daños y perjuicios por posible negligencia médica, frente al médico, hospital y aseguradora de salud.
Los hechos ocurren el 1 de octubre de 2013, tras una cirugía en codo derecho por rotura de bíceps distal tras sufrir una lesión por importante esfuerzo físico.
Tras la cirugía, el cliente, Enrique, es diagnosticado de lesión axonal parcial aguda del nervio radial derecho.
En el posoperatorio inmediato, Enrique presenta debilidad en la musculatura inervada por nervio radial derecho, en probable relación a neuroapraxia del nervio radial.
Tras las pruebas médicas pertinentes, Enrique es diagnosticado de lesión axonal parcial aguda de nervio radial derecho de grado medio-severo en enero de 2014. Termina el tratamiento rehabilitador en enero de 2015 por falta de ulterior mejoría clínica, restándole una neuropraxia de nervio radial derecho.
Enrique tenía concertado seguro de salud con la compañía Z y es operado y tratado en el Hospital H, por medio del seguro de salud concertado, toda vez que el hospital es uno de los pertenecientes al cuadro médico que facilita dicha aseguradora a sus asegurados.
Analizamos los plazos de prescripción frente al facultativo, centro hospitalario y aseguradora de salud.
Palabras claves: negligencia médica; reclamación de daños; prescripción; seguro de enfermedad; seguro de asistencia sanitaria.
Miguel Ángel Toledano Jiménez
Socio director de Curia Legis Abogados
Profesor del Área Jurídica. CEF.- UDIMA
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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 203 (diciembre 2017)