Velatorio y ceremonias civiles o religiosas en fallecidos por COVID-19
Enviado por Editorial el Lun, 30/03/2020 - 09:31De aplicación a todos los fallecimientos que se produzcan en España durante la vigencia del estado de alarma mediante la Orden SND/298/2020, (BOE de 30 de marzo), se prohíben los velatorios en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, así como en los domicilios particulares.
En el caso de fallecidos por COVID-19, no se podrán realizar prácticas de tanatoestética, intervenciones de tanatopraxia, ni intervenciones por motivos religiosos que impliquen procedimientos invasivos en el cadáver.