Legislación

Normativa recientemente aprobada de interés civil, mercantil, administrativo y penal, publicada en los distintos boletines oficiales

Real Decreto-ley 2/2021, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo

En el BOE de 27 de enero de 2021, se publica el Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo, en cuya Disposición final séptima modifica el Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria, añadiendo un apartado 4 al art. 3, donde se permite durante el año 2021, aunque los estatutos no lo hubieran previsto, que las sesiones de los órganos de administración de las asociaciones, de las sociedades civiles y mercantiles, y del consejo rector de las sociedades cooperativas puedan celebrarse por videoconferencia o por conferencia telefónica múltiple, siempre que todos los miembros del órgano dispongan de los medios necesarios, el secretario del órgano reconozca su identidad, y así lo exprese en el acta, que remitirá de inmediato a las direcciones de correo electrónico de cada uno de los concurrentes. La misma regla será de aplicación a las comisiones delegadas y a las demás comisiones obligatorias o voluntarias que tuviera constituidas. La sesión se entenderá celebrada en el domicilio de la persona jurídica.

Igualmente y excepcionalmente durante el año 2021, aunque los estatutos no lo hubieran previsto, los acuerdos de los órganos de administración de las asociaciones, de las sociedades civiles y mercantiles, del consejo rector de las sociedades cooperativas y del patronato de las fundaciones podrán adoptarse mediante votación por escrito y sin sesión siempre que lo decida el presidente y deberán adoptarse así cuando lo solicite, al menos, dos de los miembros del órgano. La misma regla será de aplicación a las comisiones delegadas y a las demás comisiones obligatorias o voluntarias que tuviera constituidas. La sesión se entenderá celebrada en el domicilio social. Será de aplicación a todos estos acuerdos lo establecido en el artículo 100 del Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil, aunque no se trate de sociedades mercantiles.

Protección de los derechos de las personas consumidoras y usuarias en situación de vulnerabilidad

Con entrada en vigor el 21 de enero de 2021 se publica en el BOE del miércoles 20 de enero de 2021 el Real Decreto-ley 1/2021, de 19 de enero, de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica.

Las consecuencias provocadas en el ámbito social y económico por la pandemia del COVID-19, entre otras, han afectado a las relaciones de consumo y, en consecuencia, a la protección de las personas consumidoras y usuarias, por lo que resulta en primer lugar necesario concretar el concepto de consumidor vulnerable y los supuestos en los que la persona consumidora se ve afectada por una especial situación que puede incidir en su toma de decisiones e, incluso, forzarla a aceptar ciertas condiciones contractuales que en otra situación no aceptaría; por tanto vulnerabilidad en consumo entendida como la probabilidad ex ante de que una determinada persona obtenga un posible resultado negativo en su relación de consumo.

Medidas extraordinarias dirigidas a arrendamientos de locales de negocios. Reducción y el aplazamiento de la renta

La crisis sanitaria provocada por el SARS-CoV-2 ha tenido importante repercusión sobre algunos sectores como el turismo o el comercio, esenciales para la economía española lo que hace necesario extender la aplicación de algunas de las ayudas aprobadas en meses anteriores; y así además de las medidas laborales (capitulo II) y tributarias (Capitulo III), nosotros nos centraremos en las medidas del capítulo I de este Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre (BOE de 23 de diciembre y entrada en vigor al día siguiente), de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria, cuyo objetivo se establece en reducir los gastos fijos de arrendamiento que soportan empresas y autónomos.

La falta de ingresos o la minoración de los mismos durante el periodo que dure el estado de alarma puede dar lugar a la incapacidad financiera de autónomos y pymes para hacer frente al cumplimiento, total o parcial, de sus obligaciones de pago de renta de locales en alquiler que pone en serio riesgo la continuidad de sus actividades y ni la Ley 29/1998 de arrendamientos urbanos, ni el Código Civil ofrecen soluciones a la situación actual, por lo que esta norma propone un procedimiento para que las partes puedan llegar a un acuerdo para la modulación del pago de las rentas de los alquileres de locales, como continuación y mejora del que se propuso por el Real Decreto-ley 15/2020. Las medidas señaladas en el capítulo I que a continuación señalamos, se limitaran solo a aquellos casos de falta de acuerdo entre las partes:

Suspensión de desahucios de personas vulnerables y cortes de suministros y viabilidad en el servicio público de transporte estatal por autobús

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley 37/2020, de 22 de diciembre, (BOE de 23 de diciembre y de entrada en vigor el mismo día), de medidas urgentes para hacer frente a las situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de la vivienda y en materia de transportes, que introduce nuevas medidas de protección para aquellos hogares vulnerables que se enfrenten a procedimientos de desahucio de su vivienda habitual, introduciendo además una serie de mejoras para asegurar la acción coordinada de los órganos judiciales y de los servicios sociales competentes.

En primer lugar, con objeto de extender y asegurar la protección de las personas arrendatarias de vivienda en situación de vulnerabilidad, ya establecidas en el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, se amplía el alcance temporal y subjetivo de las medidas establecidas para responder a la gravedad de las consecuencias de la pandemia. En particular:

Presentación de la estrategia de vacunación covid-19 en España

El Consejo de Ministros ha sido informado sobre la Estrategia de Vacunación COVID-19 en España. En dicho documento se especifica que debido a la próxima disponibilidad gradual de dosis de vacunas es necesario establecer el orden de prioridad de los grupos de población a vacunar en base a un marco ético donde prevalecen los principios de igualdad y dignidad de derechos, necesidad, equidad, protección a la discapacidad y al menor, beneficio social, reciprocidad y solidaridad.

Páginas