Legislación

Normativa recientemente aprobada de interés civil, mercantil, administrativo y penal, publicada en los distintos boletines oficiales

Plan de medidas de apoyo a la liquidez y la solvencia de autónomos y empresas

En EL BOE de 18 de noviembre se publica el Real Decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre, de medidas urgentes de apoyo a  la solvencia empresarial y al sector energético y en materia tributaria que el  Consejo de Ministros aprobó, con la adopción de nuevas medidas en los ámbitos financiero y concursal.

Con el objetivo de que puedan seguir disponiendo de la financiación adecuada para cubrir sus necesidades de liquidez o realizar sus proyectos de inversión, se amplía hasta el 30 de junio el plazo de concesión de las dos Líneas de hasta 140.000 millones de avales públicos gestionadas por el Instituto de Crédito Oficial (ICO).

Transformación digital del sistema financiero

En el BOE del sábado 14 de noviembre, se publica la Ley 7/2020, de 13 de noviembre, para la transformación digital del sistema financiero, con entrada en vigor inmediata, donde se regula la comercialización y distribución digital de servicios financieros que están produciendo cambios sustantivos en los procesos de producción, en la relación con los clientes, en los modelos de negocio y en la propia estructura del sector, donde la política financiera tiene que garantizar que la innovación aplicada al ámbito financiero es segura y beneficia al conjunto de la sociedad.

La parte central de la Ley en el Título II, supone un conjunto de disposiciones que amparan la realización controlada y delimitada de pruebas dentro de un proyecto que puede aportar una innovación financiera de base tecnológica aplicable en el sistema financiero. Tres son los aspectos que funcionan como clave de bóveda del entorno de pruebas: se trata de un espacio controlado; es un instrumento supervisor; y se rige por un esquema ley-protocolo.

Comercio electrónico y servicios electrónicos de confianza

En el BOE de 12 de noviembre y con entrada en vigor al día siguiente, se publica la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza.

El objetivo de la presente Ley, es complementar el Reglamento (UE) 910/2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior, en aquellos aspectos que este no ha armonizado y que se dejan al criterio de los Estados miembros; como entre otros, del régimen de previsión de riesgo de los prestadores cualificados, el régimen sancionador, la comprobación de la identidad y atributos de los solicitantes de un certificado cualificado, la inclusión de requisitos adicionales a nivel nacional para certificados cualificados tales como identificadores nacionales, o su tiempo máximo de vigencia, así como las condiciones para la suspensión de los certificados.

Modificación del Reglamento General de Circulación, y del Reglamento General de Vehículos

Con el objetivo principal de la reducción de la siniestralidad en el ámbito urbano (especialmente de peatones, ciclistas, motoristas y personas usuarias de ciclomotor), y aplicable en general a partir el 2 de enero del 2021, se introducen en el BOE de 11 de noviembre, con el Real Decreto 970/2020, modificaciones en el Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003, así como en el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, entre las que destacan las siguientes:

Nuevo Estado de alarma hasta mayo de 2021

Tras la tendencia ascendente en el número de contagios del covid-19 en España, muy por encima de los 60 casos por 100.000 habitantes que marca el umbral de alto riesgo, se publica en el BOE el 25 de Octubre, momento de entrada en vigor, el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara de nuevo el estado de alarma, en el que destacan algunas medidas dirigidas a evitar la agrupación de personas sin relación de convivencia y mantener el distanciamiento entre ellas, así como reducir la movilidad de las poblaciones.

  • En primer lugar, se establece, con excepciones, la limitación de la libre circulación de las personas en horario nocturno;
  • Asimismo, se establece la posibilidad de limitar la entrada y salida de los territorios de las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de autonomía, así como de ámbitos territoriales de carácter geográficamente inferior;
  • También se establece la posibilidad de limitar la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados.
  • Finalmente, se prevé la posibilidad de que las comunidades autónomas puedan imponer la realización de prestaciones personales obligatorias.

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