Legislación Estatal

Normativa estatal de interés civil, mercantil, administrativo y penal, recientemente aprobada.

Comercio electrónico y servicios electrónicos de confianza

En el BOE de 12 de noviembre y con entrada en vigor al día siguiente, se publica la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza.

El objetivo de la presente Ley, es complementar el Reglamento (UE) 910/2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior, en aquellos aspectos que este no ha armonizado y que se dejan al criterio de los Estados miembros; como entre otros, del régimen de previsión de riesgo de los prestadores cualificados, el régimen sancionador, la comprobación de la identidad y atributos de los solicitantes de un certificado cualificado, la inclusión de requisitos adicionales a nivel nacional para certificados cualificados tales como identificadores nacionales, o su tiempo máximo de vigencia, así como las condiciones para la suspensión de los certificados.

Modificación del Reglamento General de Circulación, y del Reglamento General de Vehículos

Con el objetivo principal de la reducción de la siniestralidad en el ámbito urbano (especialmente de peatones, ciclistas, motoristas y personas usuarias de ciclomotor), y aplicable en general a partir el 2 de enero del 2021, se introducen en el BOE de 11 de noviembre, con el Real Decreto 970/2020, modificaciones en el Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003, así como en el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, entre las que destacan las siguientes:

Nuevo Estado de alarma hasta mayo de 2021

Tras la tendencia ascendente en el número de contagios del covid-19 en España, muy por encima de los 60 casos por 100.000 habitantes que marca el umbral de alto riesgo, se publica en el BOE el 25 de Octubre, momento de entrada en vigor, el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara de nuevo el estado de alarma, en el que destacan algunas medidas dirigidas a evitar la agrupación de personas sin relación de convivencia y mantener el distanciamiento entre ellas, así como reducir la movilidad de las poblaciones.

  • En primer lugar, se establece, con excepciones, la limitación de la libre circulación de las personas en horario nocturno;
  • Asimismo, se establece la posibilidad de limitar la entrada y salida de los territorios de las comunidades autónomas y ciudades con Estatuto de autonomía, así como de ámbitos territoriales de carácter geográficamente inferior;
  • También se establece la posibilidad de limitar la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados.
  • Finalmente, se prevé la posibilidad de que las comunidades autónomas puedan imponer la realización de prestaciones personales obligatorias.

Nuevas Medidas sociales en el Real Decreto-Ley 30/2020 por el COVID-19

Además de la prórroga de los ERTES hasta el 31 de enero, el Real decreto-Ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo, con entrada en vigor el 30 de septiembre, introduce una serie de modificaciones que por lo que respecta a nuestra materia civil y mercantil destacamos las siguientes:

Límites relacionados con reparto de dividendos y transparencia fiscal.

Conforme al artículo 4 de la norma, los límites para la tramitación de expedientes de regulación temporal de empleo respecto de las empresas y entidades que tengan su domicilio fiscal en países o territorios calificados como paraísos fiscales, así como los establecidos en relación al reparto de dividendos para empresas y sociedades acogidas a determinadas medidas de regulación temporal de empleo, recogidas en el artículo 5 del Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial, seguirán vigentes en los términos establecidos en dicho precepto.

Nuevas medidas procesales y organizativas en la administración de justicia en la Ley 3/2020

En el BOE de 19 de septiembre y con entrada en vigor el día siguiente, se publica la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia.

La Administración de Justicia sufrió una ralentización significativa como consecuencia de la crisis del COVID-19, por lo que se hizo necesario adoptar el Real Decreto-ley 16/2020 de 28 de abril, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al COVID-19 en el ámbito de la Administración de Justicia que tuvo por finalidad, entre otras, procurar una salida ágil a la acumulación de los procedimientos suspendidos por la declaración del estado de alarma cuando se produjera el levantamiento de la suspensión.

Registro de pasajeros de vuelos para la prevención de delitos de terrorismo y delitos graves

Se publica en el BOE de 17 de septiembre, la Ley Orgánica 1/2020, de 16 de septiembre, sobre la utilización de los datos del Registro de Nombres de Pasajeros para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de delitos de terrorismo y delitos graves.
Esta Ley orgánica con entrada en vigor el 17 de noviembre de 2020, tiene el propósito de garantizar y proteger la vida y la seguridad de los ciudadanos regulando en referencia a delitos de terrorismo y delitos graves:

Ampliación del plazo de instrucción del procedimiento penal

Mediante la Ley 2/2020, de 27 de julio, publicada el 28 del mismo mes, se modifica el plazo en el que se desarrolla la investigación judicial en un procedimiento penal (artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento criminal), que pasa de seis meses a doce desde su incoación con la posibilidad, mediante auto motivado, de prorrogarlo por otro plazo de igual duración o bien por plazos inferiores a seis meses.

Las diligencias de investigación que se ordenen, serán válidas si se han acordado en plazo, aunque se terminen después.

Declarado el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria originada por el COVID-19

Imagen del logo del BOE

Como con seguridad es ya de todos conocido, a última hora del sábado se ha publicado en el BOE, y ha entrado inmediatamente en vigor, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma con el fin de afrontar la situación de emergencia sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19. Esta declaración afecta a todo el territorio nacional durante los próximos 15 días naturales.

Será, según lo anunciado, en el próximo Consejo de Ministros cuando se aprobarán nuevas medidas que se desarrollarán en 4 ámbitos: apoyo a trabajadores, autónomos, empresarios, familias y colectivos vulnerables; flexibilización de los mecanismos de ajuste temporal de actividad para evitar despidos; apoyo a la actividad económica de las empresas para garantizar la liquidez y, por último, apoyo a la investigación de la vacuna del coronavirus.

Modificación del reglamento de marcas

El pasado 30 de abril de 2019, se publica en el BOE, el Real Decreto 306/2019, de 26 de abril, por el que se modifica el Reglamento para la ejecución de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas, aprobado por Real Decreto 687/2002, fruto de la transposición a nuestro ordenamiento de la Directiva 2015/2436 mediante el Real Decreto-ley 23/2018, de 21 de diciembre, que modificaba la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas.

En vigor en términos generales el 1 de mayo de 2019, introduce como novedad la regulación específica de los distintos tipos de marcas. Se contemplan, las marcas denominativas estándar, las marcas figurativas -que engloban las marcas gráficas, mixtas y denominativas no estándar-, las marcas tridimensionales, de posición, de patrón, de color, sonoras, de movimiento, multimedia y holográficas. Así, para adaptarse a las nuevas tecnologías, la marca podrá representarse, además de por medios gráficos, mediante archivos de audio (mp3) y de vídeo (mp4) siempre que el objeto de la protección que se otorgue al titular se pueda determinar con claridad y precisión, permitiendo expresamente el registro de marcas de movimiento, multimedia, holograma o sonoras, entre otras.

Páginas