Jurisprudencia

Jurisprudencia más novedosa de interés civil, mercantil, administrativo y penal.

El Tribunal Supremo estima que quien asuma la deuda pendiente en una ejecución hipotecaria puede reclamar la cantidad a quien suscribió la hipoteca

Acción de un tercero para reclamar, en vía de regreso, el pago liberatorio de lo satisfecho tras asumir la deuda de un prestatario.

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, reunida en pleno, ha resuelto en sentencia de 19 de diciembre de 2018, sobre un recurso de casación donde se plateaba la procedencia de la acción ejercitada por el cesionario del remate para recuperar del prestatario ejecutado el importe de la deuda pendiente del préstamo hipotecario que no quedó cubierta por la subasta y que, junto al importe de la adjudicación, también pagó.

En el caso, tras la celebración en el marco de un procedimiento de ejecución hipotecaria de la subasta pública sin postores y tras adjudicarse la entidad bancaria ejecutante la vivienda objeto de ejecución por el 50% del importe de tasación, los padres de uno de los dos prestatarios y la entidad bancaria ejecutante acordaron en documento privado realizar los trámites oportunos para la cesión del remate por el importe de la adjudicación. En el mismo documento los padres se comprometían, además, a satisfacer a la entidad las cantidades pendientes de pago por parte de los prestatarios por no haber quedado cubiertas por el importe de la adjudicación. La entidad se comprometía a colaborar con los padres en el ejercicio de las acciones de reclamación contra los prestatarios por este último importe. Tras realizar el pago, los padres se dirigen contra uno de los prestatarios (expareja de su hijo) con el fin de recobrar la mitad de dicha cantidad.

El Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo fija criterio en los casos de agresiones recíprocas hombre-mujer que sean pareja o expareja

Revoca la absolución de una pareja que acordó la Audiencia de Zaragoza y condena al hombre a la pena de 6 meses de prisión con orden de alejamiento y sus accesorias y a la mujer a una pena de 3 meses con iguales accesorias y alejamiento.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha adoptado en Pleno y en su sentencia de 20 de diciembre de 2018, que los actos de violencia que ejerce el hombre sobre la mujer con ocasión de una relación afectiva de pareja constituyen actos de poder y superioridad frente a ella con independencia de cuál sea la motivación o la intencionalidad.

En el presente caso la Audiencia Provincial de Zaragoza había confirmado la absolución, que también acordó un juzgado de lo penal de esta localidad, de una pareja en la que se habían agredido mutuamente hombre y mujer.

Jurisprudencia de Derecho Mercantil (del 16 al 31 de diciembre 2018)

Jurisprudencia de Derecho Penal (del 16 al 31 de diciembre 2018)

Jurisprudencia de Derecho Civil (del 16 al 31 de diciembre 2018)

Jurisprudencia de Derecho Administrativo (del 16 al 31 de diciembre de 2018)

El TS establece cómo han calcularse los intereses por las cantidades que el banco debe abonar al prestatario tras la anulación de la cláusula de gastos de una hipoteca

Intereses devengados por las cantidades que la entidad prestamista debe abonar al prestatario tras la anulación de la cláusula de gastos de un préstamo hipotecario

El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto en mediante sentencia de 19 de diciembre, cómo deben calcularse los intereses devengados por las cantidades que el banco debe abonar al prestatario tras la anulación de la cláusula de gastos de un contrato de préstamo hipotecario. La nulidad de dicha cláusula, declarada por el Juzgado de Primera Instancia y confirmada por la Audiencia Provincial, no ha sido discutida ante el Tribunal Supremo y, por ello, el pronunciamiento de la Sala Primera se limita a la cuestión de los intereses.

El TS fija las indemnizaciones definitivas por el caso ‘Prestige’ en más de 1.500 millones de euros

Fijada en más de 1.500 millones de euros, deberán repartirse entre los Estados español y francés, la Xunta de Galicia y otros 269 afectados por el vertido entre particulares, empresas, mancomunidades, ayuntamientos y sociedades. 

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha dictado la sentencia definitiva sobre la responsabilidad civil derivada de la catástrofe del ‘Prestige’, que fija indemnizaciones por importe superior a los 1.500 millones de euros, que deben repartirse entre el Estado español -como principal perjudicado-, el francés, la Xunta de Galicia y otros 269 afectados por el vertido que son particulares, empresas, mancomunidades, ayuntamientos y sociedades.

Jurisprudencia de Derecho Administrativo (del 1 al 15 de diciembre de 2018)

Jurisprudencia de Derecho Penal (del 1 al 15 de diciembre 2018)

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