El Tribunal Supremo exime a una mujer de pagar una deuda por unos préstamos firmados por su marido sin su consentimiento
Enviado por Editorial el Vie, 27/09/2019 - 08:53El marido suscribió diversos préstamos al consumo en su nombre por valor de casi 18.000 euros falsificando su firma.
La Sala Primera del Tribunal Supremo, en sentencia de 18 de septiembre, ha exonerado a una mujer de devolver una deuda de 17.808 euros de diversos préstamos al consumo y de tarjeta de crédito que su marido suscribió en nombre de ella, falsificando su firma, al haberse acreditado que el banco incumplió su protocolo por permitir que los documentos se firmasen fuera de la entidad.
El Tribunal estima de forma parcial el recurso de la mujer y, además de confirmar la nulidad de los contratos de préstamo por falta de consentimiento, declara que la recurrente no está obligada a pagar ninguna cantidad a Aiqon Capital Lux S.A.R.L. por los contratos declarados nulos. En esta cuestión, discrepa del fallo del juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Cáceres y de la Audiencia Provincial de dicha ciudad que entendieron que la consecuencia de la nulidad de los contratos era que cada parte se reintegrara recíprocamente las cantidades percibidas con sus intereses.