Artículos de Interés

Artículos doctrinales de interés civil, mercantil, administrativo y penal.

Plataformas digitales audiovisuales y derecho de la competencia

Uno de los fenómenos que ha tenido mayor trascendencia en las últimas décadas es sin duda el de las plataformas digitales, especialmente las propias del ámbito audiovisual o streaming. El auge que están experimentando genera un amplio abanico de interrogantes e implicaciones en la esfera social, económica y, sobre todo, normativa. En consecuencia, los diversos legisladores nacionales y comunitarios han tratado, no ya de adaptarse a los cambios implícitos de tales avances tecnológicos, sino incluso adelantarse a los mismos. El resultado de sus esfuerzos se materializa a través de la Digital Services Act y la Digital Markets Act bajo la forma de reglamento comunitario, con las implicaciones que ello comporta para los Estados miembros de la Unión Europea. Sin embargo, tal y como se ha señalado anteriormente, las proyecciones que desencadena el sector de las plataformas digitales audiovisuales no se restringen únicamente al ámbito normativo, sino también al económico y social. Por consiguiente, se hace necesario analizar las conductas (anti)competitivas de los agentes tecnológicos audiovisuales para observar.

Palabras claves: plataformas digitales; DSA; DMA; derecho de la competencia.

Ana María Vaduva
Asesora jurídica

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 264 (enero 2023)

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La mediación en materia de compliance y su integración en los programas de cumplimiento

Con la modificación del Código Penal –reformas de 2010 y 2015– ha nacido toda una cultura ética corporativa de la que pueden originarse desavenencias y focos conflictivos en una corporación. Una muestra de ello lo conforma uno de los pilares de la estructura de compliance, la implantación de un sistema disciplinario que sancione el incumplimiento de las medidas establecidas en los compliance programs (art. 31 bis CP apdo. 5.5.º). Este trabajo pretende poner de relieve cómo la mediación organizacional puede ser un sistema idóneo para resolver las disputas que se deriven del sistema de compliance. Así, la hipótesis de partida se ciñe al recurso de la mediación como sistema alternativo de resolución de los conflictos que nazcan como consecuencia del compliance y, por ende, servir de refuerzo y concienciación de la prevención y de la cultura ética corporativa. Como resultado, se propone la forma en que ha de integrarse la mediación en los programas de cumplimiento.

Palabras claves: cumplimiento normativo; mediación; conflicto; disciplina; incumplimiento.

Juan Carlos Velasco Perdigones
Abogado
Profesor doctor de Derecho Civil. Universidad de Cádiz

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 263 (diciembre 2022)

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Hacia un domicilio electrónico obligatorio de las personas físicas ante la Administración pública en materia de notificaciones

Se analiza la necesidad de dar un paso relevante en materia de nuevas tecnologías mediante la obligatoriedad de la implementación del DEO, o domicilio electrónico obligatorio, para las personas físicas, a fin de que cuando la Administración pública deba llevar a cabo una notificación con persona física en cualquiera de sus áreas, se fije la necesidad de que se haga en el domicilio electrónico obligatorio, que le será adjudicado a cada ciudadano mayor de edad para que la Administración realice las notificaciones con el mismo, evitando retrasos en los procedimientos y obstaculizaciones por aquellos que no quieran recibir actos de comunicación ante posibles incumplimientos o infracciones que determinen que otros ciudadanos o la propia Administración les reclamen por los mismos.
Se destacan las ventajas de la implantación de un «domicilio virtual» y la inexistencia de pérdida de garantías para el ciudadano, además de optimizar el mismo mediante la exigencia de que su uso sea bidireccional, tanto para recibir el ciudadano comunicaciones como para poder enviarlas él a la propia Administración.

Palabras claves: procedimiento administrativo; notificaciones; notificaciones electrónicas; domicilio electrónico; personas físicas.

Vicente Magro Servet
Magistrado del Tribunal Supremo
Doctor en Derecho

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 263 (diciembre 2022)

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Algunos problemas en torno a la asunción del coste de los daños por los actos propios de otros, en el ámbito de la responsabilidad civil

Los actuales supuestos de responsabilidad civil en que una persona responde por los daños causados por otra evidencian no solo una dispersión de criterios y de constante evolución, sino que también ese modo de funcionamiento debe ser analizado desde el punto de vista de las disfunciones que provoca. Se presume responsable a quien ha participado de alguna manera en la producción del daño causado a través de una conducta negligente consistente en no haberlo evitado, debiendo hacerlo. En realidad, no existe responsabilidad por hecho ajeno sino, más bien, un verdadero caso de responsabilidad por hecho propio. La responsabilidad por hecho ajeno se convierte en una garantía legal en favor de las víctimas. Se convierte en un seguro obligatorio que la ley otorga a las víctimas de daños causados.

Palabras claves: responsabilidad civil; daños; culpa; riesgo; seguro.

Juan Panisello Martínez
Abogado

Este trabajo ha sido finalista del Premio «Estudios Financieros» 2022 en la modalidad de Derecho Civil y Mercantil.

El jurado ha estado compuesto por: don Carlos Lema Devesa, don José Luis Blanco Pérez, don Pablo Hernández Lahoz, doña Esther Muñiz Espada, don Javier Serra Callejo y don Francisco Javier Silván Rodríguez.

Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 263 (diciembre 2022)

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El volcán de La Palma: medidas jurídicas para la garantía de los derechos de los afectados

El 19 de septiembre de 2021 comenzó la erupción de un volcán en la zona de Cumbre Vieja en la isla de La Palma, que finalizó el día 13 de diciembre del mismo año. Durante 86 días, los ciudadanos afectados han sufrido la pérdida de sus propiedades, tales como su vivienda habitual, casas rurales, establecimientos profesionales, mercantiles e industriales, así como sus fincas agrícolas y ganaderas.
En el presente trabajo explicamos, desde el punto de vista del derecho administrativo, la labor desempeñada por las Administraciones públicas en tres etapas y su repercusión sobre los afectados:

  1. El prevolcán: Los ciudadanos afectados no fueron informados previamente de los diferentes estudios científicos del fenómeno preeruptivo, que comenzó en 2017.
  2. El volcán: La coordinación entre todos los servicios de seguridad y emergencias de las Administraciones públicas para evitar muertos y lesionados, así como del consenso administrativo de todas las ayudas paliativas aprobadas.
  3. El posvolcán: La necesaria regulación por leyes estatales y canarias de los derechos de los afectados mediante la creación de un estatuto jurídico ad hoc.

Palabras claves: transparencia; coordinación; regulación.

Octavio Manuel Fernández Hernández
Secretario de Administración local, categoría superior.
Ayuntamiento de Candelaria (Tenerife)

Este trabajo ha sido finalista en el Premio «Estudios Financieros» 2022 en la modalidad de Derecho Constitucional y Administrativo.

El jurado ha estado compuesto por: don Enrique Arnaldo Alcubilla, don Nicolás González-Deleito y Domingo, don José Damián Iranzo Cerezo, don Fabio Pascua Mateo y don Ángel José Sánchez Navarro.

Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 262 (noviembre 2022)

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Euroorden y certidumbre judicial europea

El asunto que tratamos atañe al proceso de construcción europea y versa sobre una circunstancia concreta que atenaza la colaboración directa entre autoridades judiciales europeas, en concreto, sobre la euroorden cursada por el juez instructor del Tribunal Supremo español en el conocido como «caso Puigdemont» y sus aristas. Se dedican estas líneas a la –digamos– azarosa deriva del caso citado en el actual contexto jurídico de la Unión Europea. Sin entrar en los pormenores, adelantamos que este asunto y sus concomitancias ha interferido considerablemente en la dinámica del poder judicial español, al pronunciarse los jueces receptores de las euroórdenes aludidas sobre resultancias fácticas, probatorias y argumentales de las que hay dudas de que puedan disponer o conocer, impidiendo al juez instructor español culminar la instrucción y al Tribunal Supremo ejercer su plena función jurisdiccional. La euroorden es instrumento de importancia en las relaciones entre Estados de la Unión, y cuya vigencia podría quedar en entredicho, tanto como los principios que lo informan y sus derivadas en la integración jurídica europea.

Palabras claves: euroorden; cooperación judicial; reconocimiento mutuo; integración europea; tutela de derechos.

Valle Gómez Herrera
Magistrada-juez de lo Penal
Juez decana de Jaén

José Ángel Marín Gámez

Profesor de Derecho Constitucional.
Universidad de Jaén

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 262 (noviembre 2022)

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El derecho se vuelve visual: el creciente uso de imágenes en un entorno hiperregulado

La evolución tecnológica, pareja a cada una de las eras del hombre, ha ido condicionando la forma en que el Derecho se ha comunicado con la sociedad. Las civilizaciones más antiguas dieron fe de sus normas a través de la iconografía en soportes como la piedra. Los egipcios y los fenicios emplearon el papiro. Y la imprenta de Gutenberg multiplicó las posibilidades de comunicación social de las normas, con la escritura como expresión visual y abstracta del mensaje.
Ahora bien, si los medios técnicos permitieron que el Derecho quedase fijado en soportes duraderos (confiriéndole unidad y permanencia), al mismo tiempo favorecieron su reproductibilidad, lo que trajo la promulgación de una multiplicidad de normas. Esta furia normativa ha resultado, con el tiempo, en una regulación fragmentada en la que cualquier aspecto de nuestra cotidianeidad se encuentra sujeto a la aplicación de una variedad de normas.
Los reguladores, conscientes de los problemas asociados con el exceso regulatorio, desde diferentes instancias vienen acometiendo reformas legislativas y políticas públicas que tiendan a una simplificación normativa. En este contexto, el uso de la imagen y de los símbolos gráficos se presenta como un recurso atractivo para lograr la cercanía de la norma y favorecer su entendimiento.

Palabras claves: derecho visual; simplificación normativa; legal design.

Teresa González Ercoreca
Asesora jurídica de empresa.
Especializada en propiedad intelectual y derecho de nuevas tecnologías.

Este trabajo ha obtenido un accésit del Premio «Estudios Financieros» 2022 en la modalidad de Derecho Constitucional y Administrativo.

El jurado ha estado compuesto por: don Enrique Arnaldo Alcubilla, don Nicolás González-Deleito y Domingo, don José Damián Iranzo Cerezo, don Fabio Pascua Mateo y don Ángel José Sánchez Navarro.

Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 262 (noviembre 2022)

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Los acreedores financieros en la reforma de la Ley concursal para la transposición de la directiva sobre reestructuración e insolvencia

El presente trabajo aborda el estudio del impacto que, sobre los acreedores financieros, ha tenido la transposición en España de la Directiva sobre reestructuración e insolvencia. En este sentido, se analiza la reforma operada por la Ley 16/2022, de 5 de septiembre, que modifica sustancialmente los institutos preconcursales anteriormente existentes. Con el fin de proporcionar una panorámica general, el análisis se realiza desde distintos prismas: los acreedores financieros como clase, como titulares de garantías reales, como proveedores de financiación interina o de nueva financiación y como contrapartes contractuales.

Palabras claves: acreedores financieros; planes de reestructuración; insolvencia; garantías reales; preconcurso.

Marta Flores Segura
Profesora de Derecho Mercantil. Universidad Autónoma de Madrid
Of Counsel Baker McKenzie

Este trabajo ha obtenido un accesit del Premio «Estudios Financieros» 2022 en la modalidad de Derecho Civil y Mercantil.

El jurado ha estado compuesto por: don Carlos Lema Devesa, don José Luis Blanco Pérez, don Pablo Hernández Lahoz, doña Esther Muñiz Espada, don Javier Serra Callejo y don Francisco Javier Silván Rodríguez.

Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 262 (noviembre 2022)

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Las «pseudoinvenciones» generadas por algoritmos, ¿jaque al estado de la técnica?

La existencia en la actualidad de algoritmos creativos, como es el caso de All Prior Art o de All the Claims, cuyo objetivo principal es crear o generar la mayor cantidad posible de resultados inventivos para hacerlos públicos con la intención de «democratizar» hipotéticas ideas relativas a invenciones y evitar así los llamados trolls de patentes, pone en jaque conceptos tan relevantes para el derecho de patentes como el «estado de la técnica». Cabe afirmar que la mayoría de los resultados generados por estos algoritmos creativos (en nuestra opinión, pseudoinvenciones) carecen de sentido o lógica alguna, pero, sin embargo, habida cuenta de que el coste de crearlos y publicarlos computacionalmente es prácticamente nulo, en el supuesto de que uno de tales resultados pueda ser considerado válido desde el punto de vista del derecho de patentes, tal circunstancia aumentará el nivel y volumen de conocimiento (información) incorporado al estado de la técnica que ha de ser tomado en consideración por parte del experto en la materia que ha de evaluar la novedad o la actividad inventiva ante una solicitud de patente. La situación expuesta invita, entonces, a revisar algunos conceptos tradicionales del actual sistema de patentes, en especial el referido al estado de la técnica que, además, por estar presente prácticamente en todos los ordenamientos jurídicos, requiere un estudio desde una perspectiva comparada para, así, poder llegar a proponer una solución adecuada a la nueva realidad descrita y acorde al tiempo actual.

Palabras claves: pseudoinvención; inteligencia artificial; patente; estado de la técnica.

Luz Sánchez García
Profesora contratada doctora (Int.). Universidad de Murcia

Este trabajo ha obtenido un accesit del Premio «Estudios Financieros» 2022 en la modalidad de Derecho Civil y Mercantil.

El jurado ha estado compuesto por: don Carlos Lema Devesa, don José Luis Blanco Pérez, don Pablo Hernández Lahoz, doña Esther Muñiz Espada, don Javier Serra Callejo y don Francisco Javier Silván Rodríguez.

Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 262 (noviembre 2022)

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El principio de solidaridad en la responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas por los daños derivados de la vacunación. Referencia a la vacuna frente a la covid-19

Las vacunas han demostrado ser un elemento de salud pública de primer orden. Pese a ello, no puede desconocerse que, en ocasiones, pueden producir efectos adversos, incluso graves, en algunas personas. Las Administraciones públicas, como promotoras de la vacunación, deben responder de los daños derivados de aquella. A diferencia de otros países, España carece de un fondo específico para el abono de los daños causados por las vacunas y su resarcimiento.
En su caso, se canaliza a través de la institución de la responsabilidad patrimonial, consagrada en el artículo 106.2 de la Constitución. En este contexto, la regla general es que los daños derivados de la vacunación no son antijurídicos y, por tanto, el perjudicado tiene el deber legal de soportarlos.
Sin embargo, este trabajo pone de manifiesto la existencia de una línea jurisprudencial y doctrinal protectora con los afectados por daños vacunales severos en aplicación del principio de solidaridad con aquellos de toda la sociedad, como beneficiaria última de la inmunización global alcanzada gracias a la vacunación general de la población.
Vista la pandemia provocada por la covid-19 y considerando que la promoción de su campaña de vacunación ha estado basada, especialmente, en la solidaridad social, se plantea la aplicación del citado principio de solidaridad a las reclamaciones que pudieran presentarse por posibles daños derivados de aquella. Se proponen, además, otros sistemas alternativos para afrontar la satisfacción de los daños vacunales.

Palabras claves: responsabilidad patrimonial; sector sanitario; vacunas; coronavirus; covid-19; solidaridad.

Estefanía Pérez López
Funcionaria de Administración local
con habilitación de carácter nacional, subescala secretaría, categoría superior
Doctora en Derecho

Este trabajo ha obtenido el 1.er Premio «Estudios Financieros» 2022 en la modalidad de Derecho Constitucional y Administrativo.

El jurado ha estado compuesto por: don Enrique Arnaldo Alcubilla, don Nicolás González-Deleito y Domingo, don José Damián Iranzo Cerezo, don Fabio Pascua Mateo y don Ángel José Sánchez Navarro.

Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 261 (octubre 2022)

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