Jurisprudencia

Jurisprudencia más novedosa de interés civil, mercantil, administrativo y penal.

Jurisprudencia de Derecho Civil (del 16 al 31 de marzo de 2019)

El juez del caso Banco Popular mantiene la responsabilidad penal del Banco Santander

El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama, que investiga el caso del Banco Popular, ha desestimado el recurso de reforma presentado por el Banco Santander contra en la resolución en la que se acordaba dirigir el procedimiento contra esta entidad y señala que “deviene necesaria la intervención de dicha entidad en concepto de investigada, con todos los derechos propios de tal condición”.

En el auto de 20 de marzo de 2019, el magistrado, tras analizar el informe del fiscal contrario a la admisión del recurso, recuerda que se trata de una cuestión jurídica prácticamente inédita en la práctica judicial –la transmisión de la responsabilidad penal entre empresas- y que en las escasas resoluciones sobre la materia no se ha ponderado la trascendencia que tiene en el ámbito jurídico empresarial.

El TC declara inconstitucional la falta de recurso para impugnar el decreto de los letrados de la Administración de Justicia cuando se reclaman honorarios de abogados y procuradores por indebidos

El Pleno del Tribunal Constitucional ha decidido por unanimidad declarar la inconstitucionalidad y nulidad del párrafo tercero del art. 34.2 (para procuradores) y del inciso “y tercero” del párrafo segundo y cuarto del art. 35.2 (para los abogados) de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC), en la redacción dada por la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial. El texto impugnado determina la ausencia de recurso frente al decreto del letrado de la administración de justicia cuando los honorarios de los abogados se discuten por indebidos. Sin embargo, dicho decreto no prejuzgará, ni siquiera parcialmente, la sentencia que pudiere recaer en juicio ordinario ulterior.

El Tribunal Supremo fija el criterio sobre la aplicación del impuesto de Actos Jurídicos Documentados en novaciones modificativas de los préstamos hipotecarios

Uno de los criterios interpretativos que resuelve es la cuestión de determinar, en interpretación del artículo 9 de la Ley 2/1994, de 30 de marzo, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios

La Sala de Lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en su sentencia de 13 de marzo de 2019, ha fijado doctrina sobre la aplicación del impuesto de Actos Jurídicos Documentados en escrituras públicas que documentan novación modificativa de un préstamo hipotecario, donde además de cláusulas que afecten al tipo de interés o al plazo, se incluyen otras cláusulas financieras, sin que afecte a la responsabilidad hipotecaria.

Jurisprudencia de Derecho Administrativo (del 1 al 15 de marzo de 2019)

Jurisprudencia de Derecho Mercantil (del 1 al 15 de marzo de 2019)

Jurisprudencia de Derecho Penal (del 1 al 15 de marzo de 2019)

Jurisprudencia de Derecho Civil (del 1 al 15 de marzo de 2019)

EL TC excluye, por regla general, el uso de la cámara oculta como medio periodístico al constituir una intromisión ilegítima a la intimidad personal y la propia imagen

El Tribunal Constitucional, en el recurso de amparo núm. 169/2018, en una sentencia cuyo ponente ha sido el Magistrado Cándido Conde-Pumpido, ha señalado que “la Constitución excluye, por regla general, la utilización periodística de la cámara oculta en cuanto que constituye una grave intromisión ilegítima en los derechos fundamentales a la intimidad personal y a la propia imagen”. Ahora bien, “su utilización podrá excepcionalmente ser legítima cuando no existan medios menos intrusivos para obtener la información”.

Con esta argumentación la Sala Primera ha estimado parcialmente el recurso de amparo de un particular al considerar que una cadena televisiva ha vulnerado sus derechos a la intimidad personal, la propia imagen y el honor por emitir un reportaje grabado con cámara oculta. Asimismo, se declara la nulidad parcial de la sentencia 634/2017, de la Sala Civil del Tribunal Supremo, de 23 de diciembre de 2017, que dio prevalencia a la libertad de información porque el reportaje emitido tenía por finalidad esencial denunciar una actividad de licitud dudosa del demandante de amparo y de su empresa que podía entrañar riesgos para la salud pública.

Jurisprudencia de Derecho Administrativo (del 16 al 28 de febrero de 2019)

Páginas