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Nueva prórroga del estado de alarma

El Consejo de Ministros ha acordado solicitar del Congreso de los Diputados autorización para prorrogar el Estado de Alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Dicha prórroga se solicita hasta las 00:00 horas del día 26 de abril y se someterá a las mismas condiciones establecidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

España mantiene intacto el Estado de Derecho y el sistema de garantías de los ciudadanos

El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, y demás ministros de Justicia de la Unión Europea han mantenido hoy una reunión informal por videoconferencia para analizar el impacto que la crisis sanitaria está teniendo en el funcionamiento de los sistemas de Justicia de la UE. Campo ha explicado que a pesar de los efectos que las medidas adoptadas para contener la pandemia están produciendo en la actividad diaria de nuestros juzgados y tribunales, "España mantiene intacto el Estado de Derecho, sin que se haya adoptado ningún régimen de excepción ni se haya visto afectado el sistema de garantías y derechos de los ciudadanos".

Justicia establece la transferencia bancaria como medio general para realizar los pagos en procesos judiciales

El Ministerio de Justicia ha dictado una circular por la que se establece la transferencia bancaria como medio general para la realización de pagos en procesos judiciales durante la vigencia del estado de alarma, con el fin de evitar el riesgo de contagio de letrados y profesionales.
Con esta medida se busca garantizar que las cuantías depositadas en los juzgados para el pago de salarios, pensiones de alimentos o indemnizaciones a víctimas de delitos, se sigan cobrando con regularidad, sin que ello suponga una mayor exposición en los juzgados por parte de letrados de la Administración de Justicia, profesionales y ciudadanos.

La Circular 1/2020, firmada por el secretario general de Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, Borja Vargues, fija las normas de actuación que deben seguir los juzgados y los profesionales independientes para hacer efectivos los pagos y cobros en estos conceptos, en cumplimiento de la Instrucción 1/2020, dictada por el mismo departamento, con objeto de garantizar la cobertura de necesidades básicas de los ciudadanos en estas circunstancias excepcionales.

Justicia garantizará los servicios esenciales de registros y notarías para el mantenimiento de la actividad económica durante el estado de alarma

Tanto el servicio público registral como el notarial están considerados servicios esenciales por lo que el cese de su actividad no está contemplado en el Real Decreto-ley, de 29 de marzo, aprobado por el Gobierno para reducir la movilidad de la población durante la pandemia.

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha dictado sendas instrucciones para garantizar que los Registros de la Propiedad, Mercantiles, de Bienes Muebles y el Registro Concursal, así como las notarías, seguirán prestando adecuadamente los servicios mínimos básicos para el mantenimiento y desarrollo imprescindible de la actividad económica, societaria y financiera durante el estado de alarma.

La cláusula rebus sic stantibus en la crisis del COVID-19

La vigencia del rebus sic stantibus por causa del coronavirus. Imagen de una persona asesorando a otra en una mesa

Una vez superados los duros momentos que estamos viviendo y perdida la eficacia de las medidas extraordinarias que se han dictado, a nadie escapa que el nivel de incumplimiento de las obligaciones contractuales de todo tipo, fruto de estas circunstancias extraordinarias, acarreará inevitablemente un crecimiento de las reclamaciones, en vía judicial o extrajudicial.

Uno de los instrumentos que la jurisprudencia y la doctrina han ido perfilando para hacer frente a este tipo de situaciones es la invocación de la cláusula rebus sic stantibus.

Justicia garantiza los depósitos en los juzgados en pago de indemnizaciones a víctimas, pensiones de alimentos y salarios durante el Estado de alarma

La instrucción tiene por objeto garantizar que no se queden retenidas esas cuantías en las cuentas de depósitos y consignaciones de los juzgados y se pueda seguir asegurando la cobertura de necesidades básicas de los ciudadanos.

El Ministerio de Justicia ha dictado una instrucción, firmada por el secretario general de Innovación y Calidad del Servicio Público de Justicia, en calidad de secretario general de la Administración de Justicia, por la que se garantiza que las cuantías depositadas en los juzgados para el pago de salarios, pensiones de alimentos o indemnizaciones a víctimas de delitos, se sigan cobrando con regularidad durante el estado de alarma.

¿Qué es la responsabilidad civil por daños y perjuicios y cómo pueden minimizarla las empresas?

Responsabilidad civil por daños. Cordón policial prohibiendo el paso a una vivienda quemada de fondo

La actual crisis sanitaria por el coronavirus COVID-19 pone de manifiesto la fragilidad de nuestras empresas, autónomos y profesionales frente a determinadas contingencias. En el caso del coronavirus, una contingencia de esta magnitud era inimaginable, y nuestras empresas y la sociedad en su conjunto se encuentran cada vez más sometidas a actividades generadoras de daños que pueden derivar en responsabilidades civiles por parte de las empresas.

Una intoxicación por una comida en mal estado en un restaurante, un obrero que se cae de un andamio de una obra o una deficiente custodia de datos personales de clientes o pacientes de un hospital son ejemplos de situaciones que pueden derivar en la asunción de responsabilidades civiles por parte de las empresas y, en algunos casos, incluso por parte los administradores.

Línea de Avales para garantizar la liquidez de autónomos y empresas

El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo que recoge las características del primer tramo, por importe de hasta 20.000 millones de euros, de la Línea de Avales para empresas y autónomos, recogida en el Real Decreto Ley 8/2020 de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

El Gobierno da así cumplimiento al compromiso con las empresas, especialmente con los trabajadores autónomos y las pymes, de poner en marcha las medidas necesarias para garantizar su liquidez y preservar la actividad productiva y el empleo.

Justicia y las comunidades autónomas fijan normas comunes de prevención y seguridad para los funcionarios de Justicia durante la contención del Covid-19

El Ministerio de Justicia ha publicado una resolución, consensuada con el conjunto de comunidades autónomas, y consultados el Consejo General del Poder Judicial y la Fiscalía General del Estado, que fija las medidas preventivas y de seguridad que deben adoptar los funcionarios de la Administración de Justicia en la prestación de servicios esenciales durante la contención de la pandemia.

El establecimiento de esta norma común para todo el territorio se acordó en la última reunión de la Comisión de Coordinación de Crisis de la Administración de Justicia para la lucha contra el coronavirus, constituida formalmente el pasado viernes al amparo de la orden SND/261/2020 del Ministerio de Sanidad. Dicha orden encomienda al ministro de Justicia la coordinación de la actividad profesional de los funcionarios de Justicia, sin perjuicio de las competencias que corresponden al Consejo General del Poder Judicial y la Fiscalía General del Estado, durante la vigencia del estado de alarma.

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