Nuevas medidas del Gobierno para controlar el coronavirus en ciertos municipios
Enviado por Editorial el Jue, 01/10/2020 - 10:15Aparte de la recomendación explícita de evitar todo movimiento o desplazamiento innecesario en los municipios afectados, se obliga a las comunidades autónomas por, Resolución de 30 de septiembre de 2020, de la Secretaría de Estado de Sanidad, publicada en el BOE de 1 de octubre, a adoptar, las medidas en los municipios de más de 100.000 habitantes, cuando concurran las tres circunstancias siguientes:
a) 500 casos o más por 100.000 habitantes en 14 días (medida hasta 5 días antes de la fecha de valoración).
Este criterio no será de aplicación si al menos el 90% de los casos detectados en el municipio se corresponden con brotes no familiares controlados, y comunicados al Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias del Ministerio de Sanidad.
b) Positividad en las pruebas diagnósticas de infección por COVID-19 realizadas en las dos semanas previas superior al 10%.
c) La comunidad autónoma a la que pertenezca el municipio presente una ocupación de camas por pacientes COVID-19 en UCIS superior al 35% de la dotación habitual.