El Tribunal Supremo destaca que la libertad de expresión no ampara la venganza por una denuncia penal previa
Enviado por Editorial el Jue, 05/04/2018 - 07:59La Sala Primera resuelve que sí hubo intromisión ilegítima por parte del director de una publicación digital
La Sala Primera, de lo Civil, del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que declara que el director de prnoticias.com, y E-Contenidos S.L., como editora de dicha publicación digital, cometieron una intromisión ilegítima en el derecho al honor de I.L., director de comunicación del Consejo General de Enfermería de España, por varios artículos y comentarios periodísticos del director publicados entre enero y marzo de 2014. El TS condena a los demandados a pagar solidariamente una indemnización de 10.000 euros, y a difundir el fallo en la página web de la publicación y en una cuenta de twitter del periodista.