El TC considera conforme a la Constitución la obligación de los abogados de prestar asistencia jurídica gratuita
Enviado por Editorial el Jue, 18/10/2018 - 11:02El Pleno del Tribunal Constitucional, por unanimidad, ha desestimado en su sentencia el recurso de inconstitucionalidad presentado por 50 diputados del Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea en el Congreso de los Diputados contra los apartados uno, dos, cuatro y cinco del artículo único de la Ley 2/2017, de 21 de junio, que modifica los artículos 1, 22 ,25 y 30 de la Ley 1/1996, de 10 enero, de Asistencia Jurídica Gratuita.
Los recurrentes consideraban que los preceptos impugnados, al imponer a los abogados colegiados la obligación de formar parte del servicio de asistencia jurídica gratuita, infringían los artículos 10,14, 24, 35, 37 y 38 de la Constitución. A su juicio, la imposición de la referida obligación era contraria a la dignidad de la persona; vulneraba el derecho a la tutela judicial efectiva; era discriminatoria, pues imponían a un sector de profesionales la obligación de realizar un servicio público; lesionaba el derecho al trabajo y a la libertad de empresa y limitaba el derecho a la negociación colectiva y a adoptar medidas de conflicto colectivo.