Inmatriculación por el 205 LH. Plazo de un año entre las fechas del otorgamiento de los títulos
Enviado por Editorial el Vie, 16/02/2018 - 11:46Registro de la Propiedad. Inmatriculación por el 205 LH en virtud de escritura de aportación a sociedad de gananciales. Título de adquisición en escritura de segregación y pacto de mejora autorizada el mismo día, por el mismo notario, con número inmediato anterior de protocolo. Falta de transcurso del plazo de un año entre las fechas del otorgamiento de los títulos. Los documentos presentados no cumplen los requisitos que exige para inmatricular el nuevo artículo 205 de la Ley Hipotecaria, en la redacción del mismo tras la reforma de la Ley 13/2015, dado que los títulos públicos presentados -pacto de mejora y aportación a sociedad de gananciales- se otorgaron el mismo día, lo que incumple la exigencia del plazo de un año que prescribe el citado artículo. La disposición transitoria única de la mencionada Ley 13/2015 señaló que, a efectos de la inmatriculación por el procedimiento de los artículos 205 y 206, solo se tendrá el procedimiento por iniciado si a la su entrada en vigor estuviese presentado en el registro el título público inmatriculador.