El acceso al Registro de las modificaciones jurídico reales de origen negocial
Enviado por Editorial el Jue, 17/01/2019 - 13:45Registro de la Propiedad. Auto aprobatorio de la avenencia entre partes en una conciliación instada ante el juez de Paz sobre una usucapión extraordinaria.
Reconocida la aptitud de la sentencia declarativa como medio inmatriculador, debe advertirse, en cuanto al supuesto planteado y objeto de este recurso, que no estamos en presencia de una sentencia dictada en juicio declarativo -a que se refiere el número 5.º del artículo 204 de la Ley Hipotecaria-, sino ante un auto aprobatorio de la avenencia alcanzada entre las partes en un procedimiento de conciliación instado ante el juez de Paz. Cuando la usucapión se declara judicialmente, aun habiéndose allanado una de las partes, no estamos ante un negocio abstracto ni un mero reconocimiento de dominio, sino que estamos ante una adquisición con una causa, cual es la prescripción extraordinaria ganada por una de las partes intervinientes.