Legislación

Normativa recientemente aprobada de interés civil, mercantil, administrativo y penal, publicada en los distintos boletines oficiales

Culminada la adaptación a España de la normativa europea de supervisión y solvencia financiera

  • Se adapta el marco normativo de entidades de crédito a los nuevos requerimientos de supervisión integrada del Banco Central Europeo.
  • Diseña el régimen de colchones de capital que van a tener que cumplir las entidades de crédito en España.

El BOE de 14 de febrero incluye el Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito. Esta norma transpone al ordenamiento jurídico español la Directiva Europea 2013/36, que forma parte del paquete CRD IV sobre normativa de solvencia de entidades de crédito (Acuerdo de Basilea III).

Aprobada la nueva regulación de las instituciones de inversión colectiva

  • Se refuerzan los requisitos de control de riesgos, liquidez y conflictos de interés de las gestoras.
  • Podrán otorgar préstamos o adquirir facturas a través de fondos de deuda para convertirse en una alternativa al canal bancario.

El BOE de 14 de febrero publica el Real Decreto 83/2015, de 13 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1082/2012, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de instituciones de inversión colectiva.

Orden PRE/202/2015, de 9 de febrero, por la que se convoca la prueba de evaluación de la aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de Abogado para el año 2015

Se convoca la prueba de evaluación para la acreditación de la capacitación profesional para el acceso a la profesión de Abogado dirigida a comprobar la formación suficiente para el ejercicio de la profesión, el conocimiento de las respectivas normas deontológicas y profesionales y en particular la adquisición de las competencias previstas en los cursos de formación impartidos por universidades o escuelas de práctica jurídica debidamente acreditadas.

El plazo de presentación de solicitudes de participación en la evaluación será de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente al de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» ( publicado en el BOE de 13 de febrero)

Uso del Documento Único Electrónico para crear sociedades cooperativas, sociedades civiles, comunidades de bienes, SL Laborales y emprendedores de responsabilidad limitada

Real Decreto 44/2015, de 2 de febrero, por el que se regulan las especificaciones y condiciones para el empleo del Documento Único Electrónico (DUE) para la puesta en marcha de sociedades cooperativas, sociedades civiles, comunidades de bienes, sociedades limitadas laborales y emprendedores de responsabilidad limitada mediante el sistema de tramitación telemática.

Con el objeto de facilitar y simplificar el acceso a la actividad empresarial, la Ley 7/2003, de 1 de abril, (sociedad limitada Nueva Empresa),  que  modifica la Ley 2/1995, de Sociedades de Responsabilidad Limitada, creó el Documento Único Electrónico (DUE), que incluye todos los datos que deben remitirse a los registros y administraciones públicos para constituir una empresa electrónicamente y en un solo procedimiento. Se reguló por primera vez para la constitución de la sociedad limitada Nueva Empresa en el Real Decreto 682/2003, ampliándose su uso posteriormente mediante el Real Decreto 1332/2006 para sociedades de responsabilidad limitada, y mediante el Real Decreto 368/2010 para empresas individuales.

Reseñas de legislación (del 16 al 31 de enero 2015)

Reseñas de legislación (de 1 a 15 de enero 2015)

Reseñas de legislación (de 16 a 31 de diciembre 2014)

Interés de demora aplicable a las operaciones comerciales

Resolución de 30 de diciembre de 2014, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se publica el tipo legal de interés de demora aplicable a las operaciones comerciales durante el primer semestre natural del año 2015.

Publicado en el BOE de 31 de diciembre, a efectos de lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, el tipo legal de interés de demora a aplicar durante el primer semestre natural de 2015 es el 8,05 por 100.

Medidas de sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y entidades locales

Con el Real Decreto-ley 17/2014, de 26 de diciembre (publicado en el BOE de 30 de diciembre), de medidas de sostenibilidad financiera de las comunidades autónomas y entidades locales y otras de carácter económico, se crea el régimen jurídico del Fondo de Financiación a Comunidades Autónomas y del Fondo de Financiación a Entidades Locales, que estarán adscritos al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, y cuya gestión financiera corresponde al ICO, consignándose en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año las dotaciones necesarias para el cumplimiento del objeto y fines de la norma.

Reseñas de legislación (de 1 a 15 de diciembre 2014)

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