Legislación

Normativa recientemente aprobada de interés civil, mercantil, administrativo y penal, publicada en los distintos boletines oficiales

Modelos normalizados para el Juicio verbal, Juicio monitorio y Jurisdicción voluntaria

Se publica en el BOE de 28 de enero de 2016 el Acuerdo de 22 de diciembre de 2015, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueban los modelos normalizados previstos en las leyes de Enjuiciamiento Civil y de Jurisdicción Voluntaria.

La Ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, introdujo en el artículo 438, la previsión de que existan a disposición de los demandados, en los casos de juicios verbales en los que sea posible actuar sin abogado ni procurador, impresos normalizados para contestar a la demanda. Dichos impresos deben estar en el Juzgado a disposición de los demandados y en el Decreto de admisión se les debe comunicar esa disponibilidad.

Responsabilidad penal de las personas jurídicas conforme a la reforma del Código Penal efectuada por Ley Orgánica 1/2015

La fiscalía General del Estado, ha publicado la Circular 1/2016, de 22 de enero de 2016, sobre la responsabilidad penal de las personas jurídicas conforme a la reforma del Código Penal efectuada por Ley Orgánica 1/2015.

Con este documento se imparten instrucciones a los fiscales para valorar la eficacia de los planes de compliance en las empresas que tras la reforma se configuran como una eximente de la responsabilidad penal. Los planes de compliance son una apuesta decidida del legislador por una fórmula de “autorregulación regulada” en la lucha contra la delincuencia de empresa.

Las conclusiones a las que se llegan son las siguientes:

La LO 1/2015 mantiene el fundamento esencial de atribución de la responsabilidad penal a la persona jurídica de tipo vicarial o por representación en las letras a) y b) del art. 31 bis 1º. Ambos títulos de imputación exigen, como antes de la reforma, la previa comisión de un delito por una persona física en las concretas circunstancias que se establecen. El primer hecho de conexión lo generan las personas con mayores responsabilidades en la entidad y el segundo las personas indebidamente controladas por aquellas.

Reseñas de legislación (del 1 al 15 de enero de 2016)

Reseñas de legislación (del 16 al 31 de diciembre 2015)

Publicado el formulario para facilitar el acceso al acuerdo extrajudicial de pagos en los concursos de acreedores

El Boletín Oficial del Estado de 29 de diciembre, ha publicado la Orden JUS/2831/2015, de 17 de diciembre, por la que se aprueba el formulario de solicitud del procedimiento para alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos, que entrará en vigor el 18 de enero de 2016. Su finalidad es facilitar el acceso a dicho procedimiento al tiempo que se refuerza la seguridad jurídica.

La puesta a disposición de este formulario estaba prevista en la Ley 25/2015 de 28 de julio de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, en vigor desde el mes de julio, que introduce diversas reformas, entre ellas, la dirigida a incrementar la operatividad del procedimiento.

Interés de demora aplicable a las operaciones comerciales

El BOE de 30 de diciembre, publica la Resolución de 29 de diciembre de 2015, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se publica el tipo legal de interés de demora aplicable a las operaciones comerciales durante el primer semestre natural del año 2016.

Publicado en el BOE de 30 de diciembre, a efectos de lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, el tipo legal de interés de demora a aplicar durante el primer semestre natural de 2016 es el 8,05 por 100.

Registro Electrónico de Apoderamientos para actuar ante la Administración del Estado

Se publica en el BOE de 30 de diciembre, la Resolución de 28 de diciembre de 2015, de la Subsecretaría, de adhesión al Registro Electrónico de Apoderamientos de la Administración General del Estado y se incorporan trámites y actuaciones al catálogo de trámites y actuaciones por medios electrónicos para los que se puede apoderar para su realización por Internet.

El Registro Electrónico de Apoderamientos se crea en virtud del artículo 15 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios ante la Administración General del Estado. Si bien, hay que tener en cuenta que dicho artículo quedará derogado por la ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que regula el Registro Electrónico de apoderamientos en su artículo 6, y  cuya entrada en vigor en relación a las previsiones relativas al registro electrónico de apoderamientos producirán efectos a los dos años de la entrada en vigor de la Ley.

Refuerzo de las oficinas de asistencia a las víctimas del delito

El BOE de 30 de diciembre, publica el Real Decreto 1109/2015, de 11 de diciembre que desarrolla La Ley 4/2015, de 27 de abril del Estatuto de la Víctima del Delito y se regulan las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del delito con el fin de asegurar su protección y garantizar plenamente sus derechos y que entra en vigor el 1 de enero de 2016.

Este Real Decreto responde a una demanda social de mayor apoyo y protección a las víctimas del delito antes, durante y después del proceso penal. Para ello, establece un marco asistencial mínimo, gratuito y confidencial a través de un servicio prestado de forma homogénea en todo el Estado.

Registro de delincuentes sexuales que evitará que los condenados en firme puedan trabajar con menores

En el BOE de 30 de diciembre, se publica el  Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales que permitirá la prevención de este tipo de delincuencia cuando tiene por víctimas a los menores de edad que tiene por objeto crear y regular la organización y funcionamiento del Registro Central de Delincuentes Sexuales previsto en la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, así como el régimen de inscripción, consulta, certificación y cancelación de los datos contenidos en aquél.

Este Registro, establece un sistema eficaz para impedir que las personas que hayan cometido cualquier delito sexual puedan tener acceso o seguir ejerciendo profesiones, oficios u otro tipo de actividades que impliquen un contacto habitual con menores de edad.

Regulada la realización de pericias por los Institutos de Medicina Legal en accidentes de circulación

En el BOE de 19 de diciembre, se publica el Real Decreto 1148/2015, de 18 de diciembre, por el que se regula la realización de pericias a solicitud de particulares por los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en las reclamaciones extrajudiciales por hechos relativos a la circulación de vehículos a motor. Este Real Decreto, que entrará en vigor el 1 de enero de 2016 y se aplicará a los accidentes de circulación que tengan lugar a partir de esa fecha, supone la incorporación de un nuevo mecanismo al servicio del ciudadano para lograr una solución rápida, segura y efectiva en aquellos accidentes en los que se produzca un daño corporal indemnizable.

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