La omisión del prestamista de un crédito de mencionar en el contrato información esencial podrá sancionarse con la privación del derecho a los intereses
Enviado por Editorial el Jue, 10/11/2016 - 10:48En junio de 2011, el banco Home Credit Slovakia concedió a la Sra. Klára Bíróovà un crédito por importe de 700 euros sin indicar, no obstante, con precisión en el contrato de crédito determinada información relativa al préstamo, como, en particular, la tasa anual equivalente. El contrato estipulaba que las condiciones generales de contratación del prestamista formaban también parte integrante del contrato. Al celebrar el contrato, la Sra. Bíróovà declaró, mediante su firma, que había leído y comprendido las condiciones generales de contratación a pesar de que no las había firmado.