El Tribunal Constitucional rechaza que la realización de múltiples manifestaciones con el mismo objeto agote el derecho a manifestarse y justifique su prohibición
Enviado por Editorial el Mar, 17/03/2015 - 12:04La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha anulado una resolución de la Subdelegación del Gobierno en Jaén por considerar que vulnera “el contenido esencial” del derecho de reunión. El Tribunal analiza por primera vez en esta sentencia si la finalidad del derecho a manifestarse puede llegar a agotarse y si ese supuesto agotamiento puede justificar la prohibición de una concentración ciudadana. La sentencia, de la que ha sido ponente el Magistrado Ricardo Enríquez, otorga el amparo a la Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Andalucía.