Artículos de Interés

Artículos doctrinales de interés civil, mercantil, administrativo y penal.

«La Franja y la Ruta»: Una nueva vía de desarrollo económico y jurídico en el margen de las relaciones sino-internacionales

El desarrollo de la estrategia diplomática china ha sido de tipo reactivo, sin embargo, actualmente, dada su nueva posición como promotor de la iniciativa de «la Franja y la Ruta», debe asumir un rol más activo y trabajar bajo los principios que la caracterizan para la reconstrucción del patrón geopolítico, la mejora del orden social internacional y la promoción de un nuevo tipo de relaciones internacionales a través de un planteamiento objetivo de la posición internacional del estado de derecho chino, necesario para dar forma a la teoría china del derecho internacional.
Dicha teoría deberá privilegiar la aplicación del estado de derecho y dar la bienvenida al hitchhike, siendo necesario mejorar las reglamentaciones existentes, e incluso establecer un nuevo sistema de gobernanza que refleje la realidad de la situación internacional actual, en la que inversores y receptores de inversión son actores simbióticos, con un deber de asistencia y promoción mutua como fuente para la creación del marco legal de «la Franja y la Ruta», y promover la cooperación judicial transnacional en materia de solución de conflictos encaminada a la reforma del nuevo orden económico internacional, eliminando las barreras económicas a través de la cooperación global e incentivando el crecimiento de los nuevos modelos económicos basados en innovaciones tecnológicas a través de bases legales para su fomento y protección.

Palabras claves: la Franja y la Ruta; estado de derecho internacional; hitchhike; solución de controversias; cooperación judicial.

Pan Deng
Profesor titular del Instituto de Derecho Comparado.
Director ejecutivo del Instituto de Derecho Iberoamericano.
Universidad China de Ciencias Políticas y Derecho (CUPL)
Investigador del Instituto de Derecho Latinoamericano de la Asociación China de Juristas
Académico de honor de la Academia Internacional de Ciencia, Tecnología,
Educación y Humanidades de España

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚMS. 211-212 (agosto-septiembre 2018)

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Ordenación jurídica de la transición energética en la Unión Europea a la luz del cuarto paquete legislativo

En el presente artículo se analizan las novedades que trae el cuarto paquete comunitario de energía y su impacto en el ordenamiento jurídico español. Para ello, se comienza exponiendo la evolución de la política energética de la Unión Europea desde la confección del tercer paquete hasta la actualidad; indicando, asimismo, los elementos que pudieran resultar clave en su contexto geoestratégico. A continuación, se comenta el contenido del cuarto paquete de forma sistemática, dividiendo el mismo en cuatro áreas temáticas, a saber: el diseño del mercado eléctrico, el fomento de las energías renovables, el incremento de la eficiencia energética y la nueva gobernanza prevista para la Unión de la Energía. Finalmente, se apuntan qué aspectos recogidos en el cuarto paquete ya están incorporados en el ordenamiento jurídico español y, con la debida cautela, qué instituciones internas deberán adaptarse a la regulación comunitaria.

Palabras claves: cuarto paquete (paquete de invierno); diseño del mercado eléctrico; energías renovables; eficiencia energética; gobernanza energética; Unión de la Energía.

Ignacio Zamora Santa Brígida
Investigador predoctoral.
Departamento de Derecho Administrativo.
Universidad Complutense de Madrid

Este trabajo ha obtenido el 1.er Premio «Estudios Financieros» 2018 en la modalidad de Derecho Constitucional y Administrativo.
El jurado ha estado compuesto por: don Raúl Leopoldo Canosa Usera, don Borja Carvajal Borrero, don Nicolás González-Deleito, doña Blanca Lozano Cutanda y don Joaquín Sarrión Esteve.
Los trabajos se presentan con seudónimo y la selección se efectúa garantizando el anonimato de los autores.

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El nuevo límite de 50.000 euros para los contratos menores de investigación y desarrollo en la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, Ley 6/2018, de 3 de julio, ha introducido una modificación en la LCSP que afecta a los organismos públicos de investigación. En concreto, ha añadido la disposición adicional quincuagésima cuarta (régimen aplicable a los contratos celebrados por los agentes públicos del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación) con la finalidad de facilitar la adjudicación directa de estas entidades, incrementando los límites de los 15.000 euros, IVA excluido, para los servicios y suministros hasta los 50.000 euros.

El objeto de este trabajo es hacer un somero análisis de la disposición adicional quincuagésima cuarta de la LCSP. A estos efectos, y de manera previa, haremos referencia a otros supuestos recogidos en la normativa que permitirían a estos agentes públicos de investigación acudir a la adjudicación directa en su contratación, para posteriormente centrarnos en estos contratos menores. Por último, examinaremos la especialidad que presenta el artículo 83 de la LOU con relación a los límites en la adjudicación directa.

Alejandro Blázquez Lidoy
Catedrático de Derecho Financiero y Tributario. URJC

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La subrogación y la subcontratación en la nueva Ley de Contratos del Sector Público 9/2017

Incorporadas a nuestro ordenamiento jurídico, por imposición comunitaria, las directivas de contratos, ha sido definitivamente aprobada una nueva Ley de Contratos del Sector Público, en la que encontramos novedades cuya razón de ser está en ese influjo que proviene de Europa. Se trata de incluir en la contratación pública por parte de las Administraciones públicas de manera trasversal criterios sociales y medioambientales. Estos deben guardar relación con el objeto del contrato y tratar de hacer realidad el principio de la eficiencia en el uso y asignación de los fondos públicos. Con este objetivo se encuentran realidades, analizadas en este trabajo, como son la subrogación o la subcontratación, figuras que obligan a respetar meticulosamente los requisitos y exigencias normativas para evitar diversas figuras de fraude en su uso. Se trata, pues, de una nueva contratación integral en la que entran en juego las distintas realidades de nuestro Estado social en todas sus manifestaciones, lo que también nos obliga a delimitar el orden jurisdiccional competente en cada caso.

Palabras claves: subrogación; subcontratación; criterios sociales; contratación pública integral.

José Enrique Candela Talavero
Funcionario de la Administración local con habilitación de carácter nacional
Director técnico de Urbanismo, Vivienda y Patrimonio.
Ayuntamiento de Utrera (Sevilla)
Doctorando en Derecho

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Control legal de las monedas virtuales: El caso de las bitcoins

Las monedas virtuales pueden servir, entre otras funciones, como instrumento de pago, por lo que pueden formar parte de transacciones comerciales. Este tipo de medio de pago carece de soporte físico y está fuera de cualquier proceso de regulación de carácter público, lo que puede suponer un mecanismo de evasión o blanqueo de capitales. Asimismo, son objeto de transacciones económicas que quedarían al margen del control fiscal estatal, de ahí la necesidad de buscar un marco propio normativo o regulatorio de las mismas. Si bien existen distintos tipos, es la bitcoin una de las más populares a escala mundial.

Gabriel Fernández Villegas
Abogado

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Personas jurídicas, impunidad y medio ambiente. Un análisis del caso Prestige

El presente trabajo tiene por objetivo el desarrollo de un análisis crítico de las sentencias relativas al «caso Prestige», una de las mayores catástrofes medioambientales de la historia de España, de la cual han transcurrido recientemente 15 años. La cantidad de empresas implicadas y la ausencia de responsabilidad penal de las personas jurídicas en el momento de los hechos en España, unida a la magnitud del impacto, difícil de asimilar para nuestros tribunales, configuran un caso muy complejo (se trata de la causa con mayor volumen de documentos de España hasta el momento), lo que determina la idoneidad de su análisis.

Palabras claves: responsabilidad penal de las personas jurídicas; medio ambiente; impunidad; Prestige.

Wendy Pena González
Graduada en Derecho
Politóloga

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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 210 (julio 2018)

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Redes sociales, páginas webs y derecho al honor, intimidad y propia imagen: ¿Posible ejecución provisional de pronunciamientos de carácter indemnizatorio?

Con el presente trabajo se realiza una investigación detallada de la incidencia de las nuevas tecnologías en el derecho al honor, intimidad y propia imagen de personas físicas y jurídicas, y en concreto, de la inoperancia del apartado tercero del artículo 525 de la Lec en la actualidad. Para ello, resulta imprescindible estudiar los orígenes del artículo 525.3 de la LEC y las consecuencias que hoy en día genera la aplicación de tal disposición en relación con la globalización de las TIC. Además, se analizan los diversos criterios que adoptan los tribunales (Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Tribunal Constitucional, Tribunal Supremo de España y Audiencias Provinciales) sobre la valoración del daño moral que sufre tanto la persona física como la empresa, mostrando nuestra propia visión sobre el problema planteado atendiendo a la línea seguida por los tribunales ingleses.
Finalmente, se realizan una serie de conclusiones críticas y valorativas sobre los diversos puntos tratados en el transcurso de la investigación.

Palabras claves: tecnologías de la información y la comunicación; ejecución provisional; daño moral; honor; intimidad; propia imagen; red social; página web.

Mario Bonacho Caballero
Abogado.
Departamento de Derecho al Honor, Intimidad y Propia
Imagen y Departamento de Nuevas Tecnologías.
Averum Abogados

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Los actos de competencia desleal relacionados con códigos de conducta

La proliferación de códigos de conducta que en la actualidad están siendo aprobados por multitud de instituciones empresariales pertenecientes a los más diversos sectores, mucho más allá del sector publicitario, pionero en la implantación de los sistemas de autorregulación, implica que nos planteemos su repercusión en el Mercado. En efecto, esta situación, que supone un complemento de la regulación para aquellos operadores económicos que voluntariamente se adhieren a los sistemas de autorregulación comprometiéndose a cumplir las normas establecidas en los respectivos códigos de conducta, conlleva unos efectos directos sobre la competencia que deben estar previstos y regulados por el ordenamiento jurídico. Si bien nuestra actual Ley de Competencia Desleal prevé ya ciertos supuestos relacionados con códigos de conducta desde la reforma llevada a cabo en el año 2009, basados fundamentalmente en el acto de engaño, la casuística que se plantea ahora podría suponer que quedaran impunes ciertos comportamientos desleales, lo cual entraría en contradicción con la voluntad decidida del legislador europeo y nacional de fomentar estos sistemas de autorregulación. En el presente trabajo se analiza la eficacia de las actuales previsiones de la ley en la materia, proponiendo una nueva interpretación, para la cual se parte de la función diferenciadora de los sistemas de autorregulación, como elementos inmateriales distintivos del empresario que voluntariamente se adhiere al código de conducta, de manera que tanto su indebida utilización como su incumplimiento tendrían cabida dentro de otros supuestos distintos del acto de engaño, como pueden ser la violación de normas o los actos de explotación de la reputación ajena.

Palabras claves: autorregulación; código de conducta; competencia desleal; explotación de la reputación ajena; acto de engaño; práctica comercial engañosa.

Juan Fernández Baños
Área de Derecho Mercantil.
Universidad Rey Juan Carlos
Abogado

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Comentarios a la Ley 5/2018, de 11 de junio, de modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en relación a la ocupación ilegal de viviendas

La Ley 5/2018, de 11 de junio, de modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en relación a la ocupación ilegal de viviendas, constituye uno de los más decididos remedios del legislador para proteger, a través de vías procesales rápidas, el derecho de propiedad privada frente al fenómeno «okupa», en un intento de sortear la actual saturación que experimenta la Administración de Justicia, al tiempo que de facilitar a las Administraciones públicas competentes la puesta en práctica de programas de coordinación orientadas a proveer de vivienda a las personas y familias en riesgo de exclusión residencial, que han sido objeto de desalojo.

Palabras claves: vivienda; ocupación ilegal; okupas; juicio verbal.

Álvaro Rueda Tortuero
Magistrado

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Un año desde la resolución del Banco Popular. Breves reflexiones procesales desde el Derecho de la Unión Europea en materia de legitimación de los demandantes en los procesos de anulación

Tras la resolución del Banco Popular en el mes de junio de 2017 –que constituyó la primera resolución instrumentada a través de los mecanismos de la Unión Bancaria europea– se han generado numerosos litigios tanto a nivel nacional como europeo que plantean diversas cuestiones de interés. El presente artículo analiza, a la luz de la jurisprudencia de los tribunales europeos y sin entrar en el fondo de la citada operación, determinadas cuestiones procesales que delimitan la legitimación de los demandantes que instan un proceso de anulación previsto en el Derecho de la Unión Europea.

Santiago Hernán-Carrillo Portolés
Doctor en Estudios Europeos
Abogado

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