Legislación

Normativa recientemente aprobada de interés civil, mercantil, administrativo y penal, publicada en los distintos boletines oficiales

Publicada la nueva Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público

Publicada la nueva Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Esta transposición se lleva a  cabo con retraso, pues tenía que haberse realizado antes de octubre de 2016; pero las vicisitudes políticas para formar gobierno lo impidieron.

 Consta de 347 artículos, 53 disposiciones adicionales, 5 disposiciones transitorias, 1 disposición derogatoria, 16 disposiciones finales y seis Anexos, y entrará en vigor, tal y como establece su disposición decimosexta, transcurridos cuatro meses desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado (9 de noviembre), es decir, entrará en vigor el 9 de marzo de 2018 con carácter general.

Protección de los consumidores residentes en la UE en la resolución de sus conflictos en materia de consumo

Con el objeto de mejorar las relaciones entre consumidores y empresarios e impulsar el comercio electrónico y el comercio transfronterizo, el BOE de 4 de noviembre y con entrada en vigor al día siguiente, publica la Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo.

La norma incorpora al Derecho español la Directiva 2013/11/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013 y nace para garantizar el acceso de los consumidores a mecanismos de solución extrajudicial de conflictos a través de entidades de resolución alternativa que sean independientes, imparciales, transparentes, efectivos, rápidos y justos.  Dichas entidades voluntariamente se acreditarán por la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición y serán incluidas en un listado nacional de entidades que será trasladado a la Comisión Europea para que sea incluido en el listado único de entidades notificadas por los diferentes Estados miembros de la Unión Europea. Estas entidades de resolución alternativa, deberán estar establecidas en España y cumplir los requisitos exigidos por esta ley y podrán tener naturaleza pública o privada. Señalar que la ley impide acceder a la acreditación europea a las entidades de resolución alternativa de litigios de consumo en las cuales las personas encargadas de la resolución del litigio estén empleadas o retribuidas directamente por el empresario reclamado.

Aprobado un proyecto de ley que reduce las comisiones y refuerza la transparencia de los créditos inmobiliarios

  • Se abaratan las comisiones de amortización anticipada de los préstamos a tipo variable, hasta anularse a partir de cinco años
  • Las comisiones por conversión de tipo variable a fijo se suprimen a partir del tercer año y se rebajan los gastos de notaría y registro
  • El hipotecado recibirá asesoramiento gratuito del notario sobre el contenido del contrato durante los siete días previos a la firma
  • Se amplía a nueve impagos o al 2 por 100 del capital el requisito para que la entidad financiera pueda iniciar la ejecución del préstamo

Informe sobre la modificación de la ley de defensa de los consumidores para incrementar la protección de los ciudadanos que contratan viajes combinados

  • El nuevo marco legal contempla la nueva forma de contratación a través de Internet, al tiempo que aumenta la transparencia, elimina ambigüedades y colma las lagunas legislativas existentes
  • El plazo de transposición de una Directiva comunitaria finaliza el 1 de enero de 2018, por lo que el Consejo de Ministros ha aprobado también la tramitación urgente de este Anteproyecto de Ley para cumplir con el citado plazo

Nuevo marco para agilizar la movilidad de las empresas en territorio nacional

  • El consejo de administración será el competente para decidir el cambio de sede social, salvo que los estatutos digan lo contrario.
  • Para los estatutos vigentes, se requerirá una modificación que señale expresamente que el consejo no es competente.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto Ley 15/2017, de 6 de octubre, de medidas urgentes en materia de movilidad de los operadores económicos dentro del territorio nacional, publicado en el BOE de 7 de octubre y de entrada en vigor el mismo día. La norma aclara quiénes son los órganos competentes para aprobar el cambio de sede social por parte de las sociedades que así lo decidan. Se facilitan los trámites de manera que, salvo que exista una declaración expresa en contrario por parte de los estatutos de la sociedad, será el Consejo de Administración el competente para aprobarlo.

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