Valoración de la prueba en casación y la dificultad de revocar las sentencias absolutorias
El ejercicio del derecho de defensa no puede permitir que triunfe una valoración alternativa que choca con la motivación de la Audiencia. El recurso debería fundamentarse en la inexistencia de una pluralidad de pruebas, válidas y suficientes para enervar la presunción de inocencia y no en la valoración que de ella ha hecho la Audiencia para sustituirla por la que conviene al recurrente.
En esencia, la privación de libertad prevista en el artículo 163 del CP se basa fundamentalmente en la irregularidad de la detención sin causa alguna. En el artículo 530 del CP la detención está justificada porque hay un presunto atentado que la fundamente, pero se produce posteriormente el incumplimiento de las garantías legales o constitucionales. Por ello, la pena en el caso de la detención irregular o arbitraria es mayor que en los supuestos de vulneración de las garantías constitucionales.
Palabras claves: valoración de la prueba, privación de libertad y garantías constitucionales.
José Ignacio Esquivias Jaramillo
Fiscal. Fiscalía Provincial de Madrid
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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 192 (enero 2017)