Acumulación de indemnizaciones por suspensión de vuelo y retraso en el alternativo ofrecido por la compañía aérea
Enviado por Editorial el Mié, 25/03/2020 - 13:47El Tribunal de Justicia se ha pronunciado, en su sentencia sobre el asunto C-832/18, acerca de la posibilidad de que un mismo pasajero pueda ser compensado por la cancelación de un vuelo y, además, por el retraso que sufre el vuelo alternativo ofrecido por la compañía aérea.
Unos viajeros reservaron con Finnair un vuelo directo con salida desde Helsinki (Finlandia) y con destino a Singapur. El vuelo estaba previsto para el 11 de octubre de 2013 a las 23:55 y fue cancelado debido a un problema técnico sobrevenido en la aeronave. Tras aceptar la oferta propuesta por Finnair, los viajeros fueron reubicados en el vuelo Helsinki-Singapur con conexión a través de Chongqing (China), salida prevista para el día siguiente, 12 de octubre de 2013, a las 17:40 y llegada prevista a Singapur el 13 de octubre a las 17:25. Finnair era el transportista aéreo encargado de operar el vuelo alternativo Helsinki-Chongqing-Singapur. Sin embargo, debido al fallo de un servomando del timón de la aeronave en cuestión, el transporte alternativo se retrasó y los viajeros llegaron a Singapur el 14 de octubre de 2013 a las 00:15.