Solvencia de las empresas de servicios de inversión
El BOE de 9 de mayo, publica el Real Decreto 358/2015, de 8 de mayo, por el que se modifica el Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión y por el que se modifica parcialmente el Reglamento de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, aprobado por el Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre.
Tiene por objeto, por un lado, culminar la transposición de la Directiva 2013/36/UE, de 26 de junio de 2013, y, por otro, convertir el Real Decreto 217/2008, de 15 de febrero, sobre el régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión y por el que se modifica parcialmente el Reglamento de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, aprobado por el Real Decreto 1309/2005, de 4 de noviembre, en la principal normativa con rango reglamentario en materia de ordenación, supervisión y solvencia de empresas de servicios de inversión.
Modificaciones sobre requisitos de idoneidad que deben cumplir los miembros del consejo de administración, directores generales y otros puestos clave de las empresas de servicios de inversión
Desarrolla las funciones de los tres comités con los que deben contar las empresas de servicios de inversión, es decir, el comité de nombramientos, el comité de remuneraciones y el comité de riesgos. Asimismo desarrolla las obligaciones de publicidad en materia de gobierno corporativo y política de remuneraciones.
Añade dos nuevos títulos al Real Decreto 217/2008. El primero de ellos contiene las disposiciones sobre solvencia de las empresas de servicios de inversión adicionales a las del Reglamento (UE) n.º 575/2013. El segundo título que añade el apartado doce recoge las disposiciones que regulan la función supervisora de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.