Daños causados por vehículo incendiado en garaje de vivienda y cobertura del seguro de hogar o del vehículo responsable
Ante la situación generada por el incendio accidental de un vehículo que se encuentra estacionado en el garaje particular y que causa daños en el inmueble, es necesario preguntarse si cabe considerarse comprendido en el concepto de circulación de vehículos aunque llevara estacionado más de 24 horas y parado en el momento del incendio. Tal situación no se desvirtúa por el hecho de que se trate de un vehículo que se utiliza como medio de transporte cuando está en movimiento, pero también, en principio, mientras se encuentra estacionado entre dos desplazamientos, y por tanto el estacionamiento del vehículo en un garaje privado constituye una utilización conforme a su función como medio de transporte, y ello aunque el estacionamiento presupone su inmovilización, durante un periodo, en algunos casos prolongado, hasta el siguiente desplazamiento, por lo que la compañía aseguradora del vehículo deberá hacer frente a las reclamaciones que se le hagan por los daños causados por el incendio.
Palabras claves: seguro de daños; cobertura; seguro del hogar; seguro de vehículos.
Casto Páramo de Santiago
Fiscal. Fiscalía Provincial de Madrid
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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 229 (febrero 2020)