El seguro de crédito. El seguro de caución
El seguro de crédito y el de caución son seguros que van muy de la mano, entre otros motivos por cubrir necesidades complementarias a un determinado perfil de tomadores de seguros, especialmente los exportadores.
No obstante, tienen varias diferencias, no ya solo en su naturaleza jurídica, sino en las garantías complementarias que los aseguradores ofrecen.
De este modo, en el presente artículo se realiza un análisis de ambos ramos con sus peculiaridades.
Del mismo modo, dada la relevancia del marco dado por la normativa concursal, hacemos hincapié en la terminología empleada por la Ley del Contrato de Seguro en relación con estos ramos, de cara a concretar cuándo el asegurador deberá indemnizar al asegurado, una vez concursado el cliente –muchas veces foráneo– del asegurado.
Dado que desde los poderes públicos, como pilar básico para salir de la manida crisis, se está incentivando la exportación como una derivada de la internacionalización de nuestra economía, entendemos interesante aportar luz sobre estos ramos, como coadyuvadores en el emprendimiento internacional. Y ello desde la óptica de las ventajas que ofrecen las pólizas de seguro, confrontadas con otras figuras afines.
Palabras claves: seguro de crédito, seguro de caución, exportaciones, aval y productos bancarios.
César García González
Doctor de Derecho de Seguros
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Revista CEFLEGAL. CEF. NÚM. 159 (abril 2014)