Ruiz-Gallardón destaca que el nuevo Código Penal refuerza las respuestas penales para los delitos con víctimas menores de edad
Desde marzo se reconoce a todos los menores víctimas de situaciones de abuso o maltrato el derecho a recibir de inmediato asistencia jurídica gratuita y asistencia pericial especializada. El Estatuto de la Víctima del Delito contempla derecho procesales específicos para garantizar una mayor protección de los menores y evitar una segunda victimización
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, y la directora del departamento de Dignidad Humana y Género del Consejo de Europa, Elda Moreno, han inaugurado esta mañana en Madrid el V Foro de Encuentro Justicia e Infancia. Auspiciado por el Ministerio de Justicia, el Consejo de Europa, el Ministerio de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad y la Federación de Asociaciones para la Prevención del Maltrato Infantil (FAPMI-ECPAT España), este Foro reúne a expertos y profesionales de todos los ámbitos vinculados con la atención a la infancia para analizar algunos aspectos clave que afectan a los menores en el actual contexto socioeconómico de España.
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha destacado las principales iniciativas legislativas del último año destinadas a incrementar la protección a la infancia desde distintos ámbitos entre las que ha citado la ampliación de la justicia gratuita para los menores víctimas de abuso o maltrato, la Ley Orgánica del Estatuto de las Víctimas del Delito, los dos anteproyectos de ley conjuntos con el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad que actualizan la protección del menor desde el ámbito civil y administrativo, y el nuevo Código Penal.
Salas de justicia amigables
El Real Decreto-Ley 3/2013, de 22 de febrero, reconoce el derecho a recibir de inmediato asistencia jurídica gratuita a todos los menores que sean víctimas de situaciones de abuso o maltrato. La norma faculta además al juez o tribunal para acordar que la asistencia pericial especializada gratuita sea prestada por profesionales técnicos privados si consideran que es necesario.
El Anteproyecto de Ley Orgánica del Estatuto de las Víctimas de Delito, que va más allá de la mera trasposición de la directiva europea que lo inspira, tiene vocación de ser el catálogo general de los derechos procesales y extraprocesales de todas las víctimas. En ella se regulan de modo especial aquellos que defienden a los menores que padezcan explotación o sean víctimas de pornografía infantil. Se protege su intimidad y evita su victimización secundaria o reiterada impidiendo el contacto con su agresor.
Por otra parte, los Ministerios de Justicia y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad revisan en la actualidad dos anteproyectos de ley para actualizar la legislación referida a la protección del menor desde el ámbito civil y administrativo. Estos textos se encuentran en un estado avanzado y recogen innovaciones como el desarrollo del contenido de un concepto jurídico hasta ahora difuso: el interés superior del menor. A partir de ahora se define como principio general de carácter interpretativo, como derecho sustantivo del menor y como norma de procedimiento. Además, este interés superior del menor se refuerza como principio orientador de la acción pública, y se regulan de modo más completo las situaciones de riesgo y desamparo, con especial atención a todo lo que suponga un riesgo para la salud física y psíquica del menor, incluyendo la etapa prenatal.
Delitos contra menores en el nuevo Código Penal
La reforma del Código Penal procura una respuesta adecuada frente aquellos delitos cometidos contra los menores. Así:
- La edad de consentimiento sexual se eleva con carácter general a los 16 años
- Se tipifica como delito hacer presenciar a un menor de edad actos de naturaleza sexual
- Se mejora el tratamiento penal de los delitos de explotación de esta índole, con nuevas herramientas para luchar contra la pornografía infantil
- Explotar a un menor para que cometa actos delictivos o detenerlo ilegalmente o secuestrarlo tendrá una respuesta penal más severa
- El asesinato de un menor de 16 años pasa a ser castigado con prisión permanente revisable.
Fuente: Moncloa